Me a llegado una sanción de la agencia catalana del consumo por una pagina web por no cumplir normativa vigente de los textos de los productos vendidos. La cuestión es que yo cedí esa pagina web a otra persona hace un año, y se publico en la web los datos de la nueva persona titular de la pagina. Toda la facturación se puso a su nombre, mayorista u transportista. Lo único que no es cambio de nombre fue el servicio de hosting de la pagina ya que el hosting estaba pagado un año por adelantado. Pues bien la sanción me ha llegado a mi, lo cual encuentro que esta fuera de lugar. Me encuentro indefenso, no si el haber pagado el hosting les da derecho a multarme a mi cuando el titular y la gestión de la pagina la hace otro. Cualquier comentario sera muy agradecido.
No entiendo mucho de este tema que planteas, pero supongo (solo supongo) que te habra llegado a ti precisamente porque el hosting este a tu nombre.
Supongo que tendras forma de demostrar documentalmente que la pagina, en realidad, la esta manejando otra persona.
Presenta alegaciones aportando la documentacion que corrobore que tu no tienes nada que ver con todo eso. Imagino que te las aceptaran y dirigiran la sancion contra quien haya incumplido