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sanción de iberdrola

4 Comentarios
 
10/09/2014 14:47
Creo que vamos a hacer una consulta, a la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma, a fin de que nos contesten sobre la legalidad de la sanción impuesta por Iberdrola.
perfil veo
10/09/2014 03:05
ya, eso lo entiendo, y no solo lo entiendo
la comunidad es un usuario, pero que destina la energía al uso de vivienda, uso principal del edificio
el hecho de que se trate de un uso compartido, no cambia el destino del suministro
desconozco si las normas de la compañía, o alguna normativa de ámbito general (González y Aznar cobran de las eléctricas), fija un tipo de contrato específico para la luz comunitaria, básicamente porque yo estoy en la TUR y nunca me he preocupado de saber qué otros tipos de tarifa existen. Respecto a eso sé que han cambiado, que ya no hay la tarifa nocturna y que con los nuevos contadores parece que el precio no solo es indeterminado sino que varía según la hora y el consumo global en ese momento ... pero no sé, por ejemplo, qué precio paga una industria a la que se le suministra en alta tensión o el que en baja tensión puede ser considerado gran consumidor
es posible que exista esa tarifa para comunidades, y que puedan imponerla ... pero de ahí a sancionar a quien no la tiene sin haberlo ocultado, hay un mundo ... porque me cuesta creer que un juez le dé la razón a la eléctrica, tanto que menos me cuesta creer que hasta es posible que, de haber esa normativa, sea declarada ilegal ... porque el uso es de vivienda
09/09/2014 23:32
Gracias veo por la respuesta.
Pero no es lo mismo.
En su caso, hay un único contador para el uso principal de vivienda, aunque haya alumbrado de jardín, puerta de garaje, etc.
En este caso, cada vivienda del edificio, tiene su propio contador a nombre de cada propietario. Este pertenece a la luz de escalera y tiene su propio contrato, independiente de los de las viviendas.
perfil veo
09/09/2014 22:45
pues yo diría que es uso de vivienda (es que no es otra cosa), que así ha estado siempre desde la inspección previa al suministro, y que nada se ha ocultado
yo la recurriría ... si es preciso, en los juzgados
vivo en una vivienda unifamiliar, y la electricidad de toda ella, incluyendo alumbrado del jardín o portal del garaje, se considera uso de vivienda
Sanción de iberdrola
09/09/2014 22:15
En un edificio de viviendas, construido en 1.970, el promotor-constructor al terminar la obra, dio de alta la luz de escalera con el uso de "vivienda".
Durante todos estos años, la Comunidad de Propietarios, por medio de los distintos administradores, ha venido abonando todos los meses el recibo de electricidad de la escalera, sin darse cuenta que en el recibo especifica "vivienda", aunque el contador (número de contador y número de contrato), si están correctos y el consumo, si pertenece a la luz de escalera.
Ahora, la Comunidad ha procedido a ejecutar una nueva centralización de contadores de electricidad y nuevas lineas de acometidas a vivienda y escalera. Al querer poner la electricidad de la escalera (anteriormente venía a nombre del promotor, hoy fallecido), la empresa Iberdrola, ha sancionado económicamente a la Comunidad, por esa irregularidad, que nadie, ni la propia Iberdrola, habían detectado.
Se da la circunstancia, que Iberdrola hace año y medio, procedió a colocar todos los contadores de la centralización con los nuevos modelos.
¿Creeis que esto es correcto?. ¿Hay obligación de abonar la sanción?.