Supongo que se refiere a una suspensión de empleo y sueldo de 6 meses.
La verdad que no recuerdo haber visto esa posibilidad... por faltas muy graves suelen establecerse hasta 60 días...
Pero en cualquier caso, la sanción duración máxima viene recogida en el convenio colectivo. ¿Qué dice el suyo?