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Sanción de hacienda

5 Comentarios
 
10/11/2020 13:28
Entonces es totalmente comprensible que Hacienda se lo esté reclamando, no se trata de una cuestión de parcialidad en los pagos sino que usted solo ha declarado una tercera parte.
10/11/2020 10:18
Johnwick
No hice nada soy un desastre de todas formas no tengo nada a mi nombre ni supero el SMI, gracias Señor Johnwick
10/11/2020 09:41
Si no puede realizar el pago, pasará a la vía ejecutiva y se realizarán embargos contra sus bienes (cuentas bancarias, nómina si supera el SMI, inmuebles y fincas, etc).

De todas formas, si la venta se pactó en 3 años y fue en 2017 entiendo que en la declaración de 2018 y 2019 usted imputaría los otros plazos. Es así?
09/11/2020 15:35
Johnwick
Y si no dispongo de bienes para afrontar la sanción?
09/11/2020 11:14
En la declaración de la renta de ese año imputó la parcialidad temporal? Notificó a la agencia tributaria del pago aplazado? Si solo lo hacen ante notario, hacienda solo puede comprobar la transmisión, ellos no saben del aplazamiento y por tanto imputan la totalidad.

Ni los préstamos ni la incapacidad temporal son relevantes, y sus ingresos actuales no influyen en su capacidad de pago de 2017.

Solicite cita previa cuanto antes en la agencia tributaria y presente los documentos de transmisión donde se especifican los plazos.
Sanción de hacienda
09/11/2020 10:01
Hacienda me reclama una cantidad en base a no realizar la declaración de renta del 2017 periodo que realicé una venta de bienes rústicos y me han presentado una propuesta de pago y no estoy de acuerdo a lo cual tengo días hábiles para alegar que terminan el próximo día 13 de noviembre.
Quiero alegar la propuesta de pago en base a que el año 2017 no tuve ingresos y en el informe de mi da laboral no estuve ocupado,también que en la venta de los bienes rústicos que realice en la escritura pública ante notario constituimos una condición resolutoria sobre las fincas vendidas en garantía de pago del precio aplazado sobre una cantidad de € 30.000,00 en tres plazos de €10.000,00 en tres años a contar desde el 2018 por lo cual el año en cuestión del expediente de Haciendo ( 2017) solo tuve un total de €12.000,00 en concepto de pago a cuenta sobre la cantidad vendida y por último alegar que tengo una incapacidad temporal así como préstamo de €29.440,00 que estaba pagando el año en curso 2017
Me gustaria saber si solo habiendo recibido €12.0000.00 en el año 2017 me sancionan como si hubiese recibido la totalidad del precio de venta? y si teniendo en la actualidad solamente €950 que percibo por mi incapacidad temporal puedo rebajar los €5.600 en la propuesta de pago que me pide Hacienda? gracias