No se puede justificar, tiene sanción que puede ser del 50% de IVA no declarado, que despues te haran un descuento del 30 o 35% de conformidad y los intereses.
Buenas: Tengo un cliente que en los dos primeros trimestres de 2012 de iva, no contabilizó todo lo que debiera. Por temas de tesorería, ha ido pasando ventas a este tercer trimestre. El caso es que le ha llegado una inspección de 2012 . La totalidad de no liquidado puede ser de 2.000 euros aprox a pagar (que ha pasado a contabilizar en agosto, tercer trimestre) ¿Cual pudiera ser la sanción a imponer ? ¿Hay alguna solución para justificarlo? Gracias