Hola,
en el procedimiento penal, si alguien es condenado se le puede exigir también la responsabilidad civil derivada del ilícito penal. Así viene en el Código Penal.
En el procedimiento administrativo sancionador imagino que también será así, que el órgano administrativo pueda imponer, además de la sanción administrativa, la indemnización al perjudicado.
¿Es así? ¿En qué precepto legal puedo encontrar esa atribución del órgano sancionador?
Pues no creo. Piensa en cómo ejecutas luego esa indemnización? La autotutela no te sirve y no es un documento ejecutivo. Es decir que tendrías que ir a un declarativo...