Tan sólo añadir que la carga de la prueba recae totalmente en el empresario sancionador. Además tenemos la evidente mala fe que supone sancionar con menos días de los normales y poniéndolos en festivos.
En resumen, que están buscando el despido procedente pero no les conviene la sanción real que significa no cobrar pero tampoco trabajar.
Hola: Con los datos que das no es fácil contestar. El hecho cierto es que la empresa ha imputado al trabajador una falta muy grave. El que la sanción sea menor a la establecida, entiendo no tiene trascendencia, como tampoco que entre los dias que la tiene que cumplir haya festivos. Respecto a si se puede hacer algo, ya lo has dicho, interponer reclamación ante el SMAC, obligatoria, y previa a la demanda judicial si en ese acto no existe acuerdo.
El resultado puede ser la confirmación de la sanción o la anulación de la misma, dependiendo del motivo de la sanción y de las pruebas que cada parte aporte para desvirtuarla. Si se confirma dejará de cobrar esos seis dias, y si no, condenarán a la empresa a abonarlos aunque no los haya trabajado. Igualmente el Juez podría modificar su calificación de falta muy grave a falta grave o leve y modificar la sanción.
La empresa ha sancionado a un trabajador con una falta grave pero ha aplicado una sanción inferior a lo que se marca para estas faltas, y además se le han impuesto 6 días de sanción con tres días de fiesta entre medio, y el trabajador ha reclamado al SMAC. ¿Podemos hacer algo? ¿Hay jurisprudencia al respecto? Ayudadme por favor. Gracias