Pues por eso, no es necesaria una incapacitación total pero si una orden judicial para que se someta al tratamiento. Hay que instar un procedimiento de jurisdicción voluntaria para ello.
Si su médico lo considera puede solicitar un internamiento urgente (incluso auxiliado por la Fuerza Pública) y una vez ingresado se pondría en conocimiento del Juzgado para que lo ratifique.
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