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Salud laboral y partes

6 Comentarios
 
Salud laboral y partes
30/04/2004 16:24
Tengo una pregunta de salud laboral que me ha surgido en el devenir del dia de hoy.
¿estan las empresas obligadas a elaborar un informe de investigacion de accidentes cuando hay un accidente de trabajo?
¿y si no hay heridos, estan obligadas tambien a elaborar un "parte de incidencias"?
Por ultimo, en el parte de accidente me encuentro que la empresa sólo pone la descripcion del accidente, pero deja en blanco los apartados :

1) acciones que se toman para evitar otro accidente en el futuro.
2) que es lo que realmente ha provocado el accidente.

En fin, que se deja todo lo importante y solo se describe el accidente, por lo que supongo que no valen para nada, ya que en este caso no se trata de "una investigacion de accidentes", sino solo "descripcion del accidente"
¿alguien me puede ayudar?

30/04/2004 18:42
Siempre, la empresa esta obligada a notificar los accidentes produzcan o no baja del trabajador, en el plazo de tres días siguientes a la fecha del accidente. si teneis servicio de prevención el técnico elaborara un informe de como se produjo el accidente, causas, testigos etc. valorar el motivo y adoptar medidas para que no se vuelva a producir otro.
30/04/2004 19:37
Gracias por la respuesta. Pero he de decir que los partes los rellena el delegado de prevencion elegido por la empresa. No lo realiza ningun tecnico ni nadie con estudios de seguridad laboral.
Lo que verdaderamente me interesa es si esta obligada por ley , la persona que los tiene que hacer, a hacer constar por escrito no solo la descripcion sino medidas que se adoptaran para que no vuelva a pasar y demas...
Es que al rellenar la descripcion nada mas , pues me da la impresion de que se curan en salud, y como soy del comite de empresa ( sin posiblidad de entrar en el comite de salud laboral), pues me gustaria saber si les puedo obligar a rellenarlo como manda la ley.
Gracias
30/04/2004 20:21
Me pregunto yo, y si no eres miembro del Comité de salud Laboral, como ves tu los partes de accidente? porque quien los vera serán sus miembros, elegidos por el CE.nunca el CE.y serán ellos quien podrán exigir que cubran los partes completos o la M.ua o el Servcio de Prevencion. Bueno te digo ami me devolvieron más de uno por no cubrir por completo los partes de accidente.
Saludos
30/04/2004 20:27
Pero bueno, ¿como no voy a poder ver los partes de accidentes siendo del comite de empresa?
Ostras, hasta donde llega mi entendimiento ( y me puedo equivocar), creo que como comite de empresa SI que puedo tener acceso a ese tipo de documentacion. Solo faltaria que no pudiera ver los partes de accidente.
De todas maneras, como en esta vida lo unico seguro es la muerte, pues me gustaria que alguien mas entrara en esta discusion y me dijera si un miembro del comite de empresa pero excluido del comite de SL, puede acceder a los datos que afecten a salud laboral . Porque por esa regla de tres, tampoco podria acceder a documentacion relacionada con las mutuas, ni ver los planes de prevencion de riegos y demas.
A ver si alguien arroja un poco mas de luz.

10/05/2004 18:46
He estado examinando algunas preguntas antiguas y me he dado cuenta de que esta es bastante importante para mi. Asi que a ver si algun forero me puede responder a esto ultimo.

Gracias
10/05/2004 19:51
Hola.

Cuando se produce un accidente que conlleve baja es obligatorio cursar un parte de accidente por el sistema Delata. Este sistema deriva ese parte a la mutua correspondiente y a la autoridad laboral. (en mi comunidad el ALA)

si ese accidente reciste cierta gravedad, lo habitual es que la empresa reciba una comunicación de la inspección de trabajo opara que aporte una serie de dicumentos genericos (evalucación de riesgos, seguimiento, formación del personal etc.) y un documentoi de investigación de como se produjo el accidente y medidas correctoras a tomar.

si el accidente es muy gracve y conlleva muerte o posibilidad de muy graves lesiones y/o secuelas, además de el envio por Delta, ha de comunicarse en un plazo no superior a 48 horas tal eccidente a la inspeccion de trabajo, que actuará con el debido rigor.

Si el accidente no comporta baja aúnque si asistencia en la mutua, mensualmente se elbaora un listado de este tipo de accidentes, con expresión de la causa y lesion que se produjo.

Y no se me ocurre nada más. Tal vez Pnag, por razones obvias, pueda clarificar mucho mas el tema.

Saludos.