Recurrí en Alzada la desestimación de unas alegaciones a una multa de la ORA. Al mes aproximadamente recibí la notificación de la sanción firme, firmada por la Concejal delegada de Economía y Hacienda del Ayuntamiento. ¿Se puede considerar esto una resolución desestimatoria al recurso de Alzada interpuesto en su día ante el Alcalde?. No se pronuncian a cerca del recurso en ningún momento.
Si se han "saltado" el recurso. ¿Debo esperar los tres meses para que se haga efectivo el silencio admin.?¿O pongo el de Reposición para que no pase el plazo?
Ante el Alcalde no cabe recurso de alzada, puesto que carece de superior jerárquico, es decir pone fin a la vía administrativa, debes interponer recurso de reposición o contencioso-administrativo
Si no habias recibido resolucion, no podias interponer recurso... asi que lo que interpusiste, entiendo, fueron alegaciones nuevamente, que no se estimaron y dieron lugar a la propuesta de resolucion y posterior resolucion. Ahora es el momento de presentar recurso de reposicion (en el plazo de un mes desde que recibiste la notificacion de la resolucion)