Quisiera saber si podríais decirme si puede un usuario, de la comunidad de regantes salirse de la misma ya que de la Ley 29/1985 no encuentro la respuesta y en los estatutos tampoco está prevista la salida de uno de los firmantes.
Su motivo es que lo se rinden las cuentas, los pagos a efectuar se realizan mediante un recuadro de papel por el importe sin presentación de facturas y el reparto de las cuotas, el incumplimiento de convocación de juntas...
Por otro lado, no les reclamaron unos importes de forma expresa y ahora le reclaman el abono de la minuta del abogado, cuando nunca le llegó el importe a pagar.
A qué debo acogerme para su abandono de la comunidad? a las comunidades de bienes en general?
El caso es que el lugar donde está ubicado el contador del agua es en la tierra de esta persona, por lo que su salida de la comunidad perjudicaría a los demás comuneros que se verían obligados a solicitar y establecer una servidumbre que les permita acceder a él, que en definitiva es lo que pretendería esta persona después de todos los problemas habidos.