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salir al extranjero si se está cobrando el paro

2 Comentarios
 
Salir al extranjero si se está cobrando el paro
16/07/2012 16:10
Buenas tardes,

Estoy percibiendo una prestación por desempleo de 10 meses de duración, correspondiente a un período cotizado anterior, y me enterado en las noticias de que dentro de las reformas que acaba de aprobar el gobierno se encuentra una por la cual los parados que salgan al extranjero por cualquier duración o motivo perderán la prestación. Yo de momento no tengo previsto salir, pero como mucha otra gente, no sólo busco trabajo en España, y ahora tengo miedo de perder la prestación si salgo, por ejemplo, para una entrevista laboral o un período de pruebas.

Imagino que si voy en coche a Perpignan no hay forma de que se entere nadie, pero si salgo en avión, ¿automáticamente sabe la administración que he salido del país? Con las nuevas normas, ¿hay manera también de hacerlo por las buenas y pedir permiso al SEPE para salir, justificando que es por motivos laborales?

Tampoco me ha quedado claro si lo de no salir al extranjero es para los que cobran la prestación por período cotizado (mi caso), los que cobran el subsidio de 426 euros, o si es para todos.

Gracias de antemano por la atención, a ver si alguien me puede aclarar algo.
16/07/2012 16:43
Esto no es nuevo...es decir no es de la reforma de ahora...ya antes de la reforma para salir al extranjero tenías que solicitar permiso del servicio público de empleo...Piensa que una de las obligaciones de todo perceptor de prestaciones por desempleo es buscar activamente empleo y estar a disposición del SPE (ofertas de empleo, cursos, etc)...por tanto, si te llaman para ir a cubrir una oferta de empleo malamente vas a poder ir si estás en el extranjero. De ahi que deba comunicarse al SPE la salida el extranjero. Asimismo, existe la posibilidad de percibir la prestación contributiva durante un tiempo en el extranjero (exportándola) si te vas a otro país a buscar empleo...todo esto se comunica al SPE que es quien autoriza.


De todas formas (a pesar de que esto no es nada nuevo), según aclaración posterior del ministerio no era para los perceptores (que se sigue aplicándo el mismo régimen que hasta ahora...si se va al extranjero se comunica) sino para computar los 12 meses consecutivos que se debe estar insrito como demandante de empleo para percibir la RAI. Si se sale al extranjero se pierde la antiguedad como demandante de empleo y a la vuelta si uno se anota de nuevo comienza el periodo de nuevo. De todas formas habrá excepciones autorizadas para casos extremos (enfermedad, fallecimiento familiar, etc...pero no para ir de vacaciones ni a ver a la familia).
Esto tiene su lógica...si alguién necesita la RAI es porque no tiene recursos...y no se justifica que pueda estar fuera del país 6 meses y volver para cobrar la RAI. Me inscribo...me voy a otro país percibo la ayuda que en ese pais me den...y cuando se vayan a hacer los 12 meses vuelvo y solicito la RAI...acreditando que llevo 12 meses como demandante de empleo...cuando es mentira..pues estar inscrito como demandante de empleo implica, entre otras obligaciones, buscar activamente empleo, seguir un itinerario de inserción, etc.
19/07/2012 14:05
mientras que estes en la ue no pasa nada.
puedes buscar trabajo en otro pais dentro de la comunidad... pero tendrias que volver a chequear las fechas que te ponen cada 3 meses creo que es o 2
saludos