¿De quién es la propiedad de la chimenea?
Si es suya como parece, debe cumplir el acuerdo, y retirarla.
Suponiendo que se la regala al vecino, debe figurar el acuerdo en las actas de la comunidad, si así sería debe cerrar el hueco dejando la fachada en estado original y costeándolo Ud.
En un futuro si necesita otra chimenea debe haber unanimidad comunitaria.
Que debería de hacer para que no me quiten la chimenea. Los vecinos me la quieren quitar y no se podría llegar a un acuerdo, no quieren.
La chimenea solo me la quieren quitar a mi, cerrando el hueco de la pared, al vecino se la dejan.
Si me la quitaran tendría derecho a sacar otra ya que fue un cambio de sitio.
Los acuerdos no prescriben jamás. Otra cosa es que se reúnan las partes y cambien el acuerdo.
Ud firmó que el uso de esa chimenea no trascendería a terceros y fuese desmontada al cese de la actividad para la fue concedida. Pues sencillamente debe retirarla o consolidar un nuevo acuerdo que le permita mantenerlo.
Desde luego si ese conducto es suyo, no creo que se lo regale al vecino sin nada a cambio y ud siga manteniendo la instalación. Al no ser que sea ud una hermanita de la caridad.
Por tanto y presumiendo que ud es copartícipe de los beneficios que obtiene del local vecino por el conducto de su propiedad, lógicamente debe repercutir algún beneficio a la comunidad.
Haga una oferta a la comunidad que sea lo suficiente interesante, para plasmar un nuevo acuerdo que le permita mantener la instalación.
Mi problema es el siguiente. Yo tenía un negocio que tenía salida de humos. Pero por circunstancias solicitó en la fecha de septiembre del 1968 a la comunidad de vecinos el cambio de lugar de la chimenea. La comunidad autoriza con una serie de condiciones, las cuales son que se concede a la Sr ........ sin derecho a terceros, que al césar el negocio el cual está instalado la chimenea se desmontara y que me haga cargo de los desperfectos. En junta de septiembre de septiembre1969 se aprueba la autorínación la cual acepto las condiciones. La cual se cambia de lugar.
En junta de julio de julio1980 un negocio de al lado le hace falta salida de humos, me dice que si puede enganchar en mi chimenea yo le digo que si. Se pide autorización a la comunidad y autorizan.
A fecha de abril de 2013 en junta general quieren seccionarme la chimenea antes del enganche del otro negocio.
Actualmente el local tiene otro negocio diferente que no necesita salada de humos.
Tienen derecho a quitarme la chimenea?
No prescribe al pasar tanto tiempo?
La salida de humos le da más valor se puede alquilar para cualquier cosa.