leo con frecuencia en algunas respuestas lo del "abandono del puesto de trabajo",en mi opinión tecnicamente mal empleado y prestandose a confusión, ya que se suele usar esa expresión por la de ausentarse sin pemiso, que no es lo mismo y espero que algun experto lo aclare.
Gracias
Hombre Mar, no seas asi, que punchonet ha dicho facultades FISICAS no PSIQUICAS, asi que no creo que haya llamado lela a nadie. Por otro lado , a la frase simplemente hay que darle el sentido que tiene, que yo creo que queda bastante claro. Por lo demas, gracias a todos por las respuestas.
Ante todo decir que me parece totalmente fuera de lugar la frase " por su estado puede tener sus facultades físicas mermadas", eso es llamar lela a una embarzada. Quiero pensar que es un error de expresión.
Por lo demás me parece muy bien argumentada la respuesta.
Una cosa es que tú decidas en un momento dado abandonar tu puesto de trabajo porque consideras que tu mujer embarazada necesita de tu ayuda, y otra las posibles consecuencias del abandono de tu puesto de trabajo sin el consentimiento de tu encargado.
El centro de trabajo no es una cárcel y todos tenemos derecho a la libre circulación, y tu encargado no es nadie para decidir si la situación de tu mujer, que por su estado puede tener sus facultades físicas mermadas, requiere de tu colaboración o no. Imaginate que te dicen que tu casa se está quemando y tu encargado te dice que estás en horario de trabajo y que no puedes salir de la empresa. Vaya gracia!!!
Lo lógico sería que tu encargado en una situación así te hubiese dado un permiso no retribuido, y considero que su actitud pudo constituir hasta cierto punto abuso de autoridad.
Ahora bien, cosa distinta que es tú no hagas caso de lo que te ha dicho tu encargado y te marches a acompañar a tu mujer al médico. En este caso, te arriesgas a que la empresa te pueda sancionar, incluso con le despido; y en este caso, habría que ver si el juez considera que hubo indisciplina o no por parte del trabajador o un estado de necesidad por parte tuya de socorrer a tu mujer embarazada.
Hola Fran. Te podrán pagar o no, si tienes derecho; pero lo que no pueden es deducir cuando y como hace falta que tu lleves o no a tu mujer médico.
Si tienes necesidad de acompañar a tu esposa (porque es normal que no la dejes sola) pués simplemente "mientes", pides permiso y dices que se encuentra con una enfermedad greve que necesita asistencia médica y la debes llevar tu. Después entregas un justificante de que has estado en consulta y aquí paz y allí gloria.
El otro dia tuve que hacer una salida en el trabajo ya que mi mujer tuvo que ir a hacer unas pruebas de embarazo. Ya se que por convenio no me toca ningun dia retribuido por este supuesto. Pero la duda que tengo es que el jefe no me dejo salir , y yo queria acompañar a mi mujer. Le pedi hacer una salida y me dijo que no tenia derecho.
Es esto licito???. Si yo quiero salir del trabajo aunque no sea permiso retribuido no puedo???
Que puedo hacer en estos casos??