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Salida del inquilino por fuerza mayor

2 Comentarios
 
perfil rtm
29/01/2014 17:56
Muy agradecido.
28/01/2014 16:19
En principio, habría que conocer el contenido del contrato de arrendamiento. Lo que la ley tiene establecido es que en caso de que sea necesario realizar obras por inhabitabilidad de la vivienda el contrato quedaría en suspenso, por lo que no habría que pagar renta.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottayl.abogados@gmail.com
Salida del inquilino por fuerza mayor
perfil rtm
27/01/2014 18:17
Quisiera saber, en el caso de que el inquilino tenga que dejar el piso alquilado, por un motivo de fuerza mayor no atribuible a el (por ejemplo: un incendio en la propiedad), ¿debería de indemnizarle de algún modo o facilitarle otro alojamiento hasta que se habilitara la vivienda en cuestión?