Twixky (!que dificil de escribir!)
Entiendo que tienes varias opciones:
1.- Cerrar la dichosa puerta y una vez que tengas tu ansiada primera ocupación abrirla de nuevo, dado que según dices el terreno lindante es también tuyo y nadie se vá a quejar.
2.- Entregar un escrito en el Ayto. de compromiso de paso de una propiedad a otra, que deberá hacerse constar en el Registro de la Propiedad, dado que puede ocurrir que en un futuro se Segreguen dichas propiedades (con independencia de su Calificación-Clasificación Urbanística)
3.- Si como dices "en un futuro será urbanizable", a lo mejor lo que te están haciendo es "indicarte un camino" para que el Ayto. y Tú no tengais futuros problemas, dado que "no es aconsejable mezclar churras con merinas" (¿se dice así?)
Mi ayuntamiento me deniega el permiso de primera ocupacion hasta que no cierre una puerta hacia un campo trasero que tengo justo detrás de mi casa, siendo lindante ( y que es de mi propiedad) alegando que no es urbanizable (estando este campo solo a modo de jardin). Son justificadas dichas alegaciones, teniendo en cuenta que un futuro este campo será urbanizable (como indica en los planos del ayuntamiento)