Por cierto, tengo mis dudas que en un bajo comercial, se pueda instalar una panificadora, que es mas propio de una zona industrial.
Consulte los usos para ese comercial que aparezca en la escritura de división horizontal y en el ayuntamiento.
En cualquier caso, será la Comunidad la que deberá establecer de que forma y por donde colocar el tubo, de que material (incluso acero inoxidable, así como obligar a que dicho tubo tenga el debido aislamiento.
También cuanto debe elevarse sobre la cubierta.
"El caso es que dice la escritura de 1993 de la casa que tiene derecho a instalar una salida de humos, que el resto de los propietarios del edificio se lo tenemos que permitir"
Parece fácil de interpretar, tiene derecho a instalarla, y los propietarios se lo tienen que permitir, NO PUEDEN NEGARSE.
Y, como dice D.Crane, cuidado con las consecuencias si se niegan.
En principio tal y como lo plantea efectivamente, el propietario tiene derecho a la salida de humos. Cuidado con eso porque podría reclamar incluso una indemnización por lucro cesante.
Yo creo que esa escritura es un poco confusa, dado que dice:
tiene derecho a instalar una salida de humos, que el resto de los propietarios del edificio se lo tenemos que permitir,
Que quiere indicar con la ultima parte donde indica :
que el resto de los propietarios del edificio se lo tenemos que permitir. Q
Que estan obligados a que dicha salida de humos se instale, o que los propietarios tienen que permitir (dar su consentimiento) para que se instale?
DLE: permitir - Diccionario de la lengua española - Edición del Tricentenario. 1. tr. Dicho de quien tiene autoridad competente : Dar su consentimiento para que otros hagan o dejen de hacer algo .
El arrendatario nada tiene que decir pues al no ser propietario ninguna relación tiene con la comunidad.
Si la escritura o el título recogen este derecho la comunidad no tiene otra que permitirlo o modificar los estatutos o el título, donde conste este permiso. Para ello requieren unanimidad.
Eso si, lo tiene que solicitar el propietario del local, no el arrendatario del mismo.
Buenos días a ver si podéis contestar a esta pregunta en el edificio que vivo actualmente, el arrendatario de bajo comercial se dispone a instalar una panificadora y quiere hacer una salida de humos por el patio de luces. El caso es que dice la escritura de 1993 de la casa que tiene derecho a instalar una salida de humos, que el resto de los propietarios del edificio se lo tenemos que permitir, hemos tenido una reunión hace unos días nos hemos opuesto todos los propietarios contra la instalación. La pregunta que me hago tiene derecho a la instalación de la salida de humos como así dice la escritura. Un saludo cordial