Plenamente de acuerdo con don José Manuel. Yo no tengo 3 ni 7 cuentas, pero sí una desde hace más de 10 años. La he tenido que renovar varias veces y cada vez me han puesto más controles. Además, el banco ahora te pide justificación de ingresos cuando recibes transferencias desde el extranjero y no se me ocurre que ibas a hacer con el dinero almacenado en PayPal. ¿Hasta cuándo y para qué? Algún día lo tendrás que volcar en una cuenta bancaria y si andas así no creo que tengas cuentas en paraísos fiscales. Digo yo.
Hace mucho que no veía este hilo, y voy a comentar algo aunque sea algo antiguo porque puede es un tema que creo que interesa o puede interesar a muchos.
Plenamente de acuerdo con Klaus; el esquema planteado por Isita79 en respuesta de la consulta inicial de angel5 y todo lo añadido después, es constitutivo de un delito de alzamiento de bienes del artículo 257 párrafos 1 y 2:
"1. Será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses:
1.º El que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores.
2.º Quien con el mismo fin realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación.
2. Con la misma pena será castigado quien realizare actos de disposición, contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio u oculte por cualquier medio elementos de su patrimonio sobre los que la ejecución podría hacerse efectiva, con la finalidad de eludir el pago de responsabilidades civiles derivadas de un delito que hubiere cometido o del que debiera responder."
Por cierto, utilizar a un menor de edad para este tipo de actividades puede traer consecuencias adicionales que no vamos a comentar aquí porque no es lugar para ello.
En cuanto a la utilización de PayPal para este tipo de maniobras tiene poco margen de desarrollo, salvo en manos de individuos especialmente bien dotados de recursos y conocimientos u organizaciones delictivas de cierto porte. Soy cliente business de PayPal desde 2004, ahora mismo con tres cuentas después de haber manejado hasta un total de seis, y os puedo asegurar que han avanzado mucho en la gestión de cuestiones relacionadas con blanqueo de capitales y evasión monetaria y fiscal. Sobre todo debido a la experiencia más reciente con el terrorismo internacional.
Desanimo abiertamente a intentar seguir ese camino a todos los que puedan leer este hilo.
No olvidéis que desviar vuestros activos a éstas cuentas que precisan de una regulación específica para evitar que sean embargados podría ser considerado como un delito de alzamiento de bienes.
Hola, he llegado a la misma conclusión que tú de intentar usar paypal para que no me embarguen. Tengo la nómina embargada, las cuentas a mi nombre. La única forma útil que he conseguido de que no embarguen es usar una cuenta infantil a nombre de mi hija, a la cual transfiero mi nómina una vez la ingresan en mi cuenta, inmediatamente.
Todo saldo o ingreso que tengas en una cuenta a tu nombre si tienes una orden de embargo sobre ti, lo cogerán, da igual sean 3€ o 500€, sea de una pensión de jubilación o el ingreso de una nómina de 200€. Una vez que el dinero se deposita en tu cuenta se convierte en efectivo embargable. A no ser, que lo saques antes de que ellos se den cuenta, que es lo que hago yo. Porque no puedo usar la cuenta infantil, para domiciliar la nómina ni para domiciliar pagos.
Seguiré buscando información sobre paypal. Gracias por vuestras aportaciones.
Pues así es. Da igual que cotices como autónomo o no, tú ingresas dinero en tu cuenta con tu actividad, y el dinero en las cuentas se puede embargar, de hecho es lo primero que se embarga, antes que cualquier otra cosa. En los embargos primero se retiene la cantidad, no sé si eran 20 días, y durante ese tiempo puedes reclamar lo que consideres. El límite del SMI y los porcentajes que toque por encima de éste se aplican de forma automática únicamente en la nómina o pensión.
Gracias por tu respuesta,
en mi caso actual no tengo nómina, ni soy autónomo,
soy vendedor "profesional" en la web de ventas en Internet "eBay",
mis ventas son mis únicas ganancias, pero lo de profesional es sólo un nombre porque no necesito declarar mis ingresos mensuales de eBay mientras no superen los 3000€ (y estoy bien lejos de esa cifra), y no tengo N.I.F., por lo que no soy ni empresa ni profesional realmente,
¿por lo tanto en qué me quedo si abro una cuenta bancaria a mi nombre, teniendo mis ingresos por debajo del SMI o pocas veces por encima, me embargaran mis ganancias o parte de ellas o no?...
Hace días pregunté lo mismo en otra web de abogados gratuitos y me contestó uno eso:
" Si tus ingresos no superan el SMI, no deberían poder embargártelos, si bien hay veces que así ocurre y tienes que reclamar posteriormente. "
Entonces ya no sé que pensar...
Muchísimas gracias de antemano.
No te pueden embargar la nómina por debajo del SMI, y por encima de éste sólo un porcentaje. Eso directamente desde la entidad que te paga (la empresa). Parte de la nómina irá a los acreedores y otra parte irá al trabajador embargado. Eso es solo para nóminas, lo que quiere decir que otros ingresos que tengas sí que te los pueden embargar. Los autónomos no tienen por tanto ingresos inembargables, vamos. Y de todas maneras antes de llegar siquiera a la nómina se embargan las cuentas corrientes. Y por supuesto que te pueden embargar las cantidades que tengas ya en cuenta o cualquier otra propiedad a tu nombre (casa, coche, acciones, fondo de pensiones... lo que sea).
¿Es cierto que si gano menos que el SMI con mis ventas online (o con un trabajo con nómina que ingresan en una cuenta bancaria a mi nombre) no me pueden embargar nada??
¿Si algún mes mis ventas o mi sueldo llega a superar el SMI,
me retiran sólo lo que sobra, o qué pasa?...
Hola,
da la casualidad que estoy en EXACTAMENTE EL MISMO CASO QUE TÚ angel5,
también tuve un embargo de un piso que no pude pagar, y también me dedico a la venta online (eBay) desde hace unos años, y por lo tanto también tengo cuenta Paypal (aunque a nombre de mi pareja, y afiliada a la cuenta bancaria de mi pareja).
Por lo que te pregunto ¿cómo te ha ido en este tiempo, si has encontrado alguna solución?...
Quisiera poder abrir una cuenta Paypal a mi nombre, y afiliarla a una tarjeta o cuenta bancaria a mi nombre para poder usarlo,
el dinero de Paypal lo retiraría de la cuenta bancaria en cuanto llegara a ella, o lo usaría desde Paypal con tarjeta de Paypal tal vez,
y para las transferencias bancarias recibidas, las enviaría a la cuenta Paypal rapidamente o retiraría el dinero en seguida también,
no sé (¿cuánto tardan en retirarte el dinero una vez ha llegado a tu cuenta bancaria??...),
pero no sé si se pueden hacer estas cosas sin que me embarguen el dinero por algún lado... Lo que gano en mi tienda de eBay son unos pocos cientos de € al mes la mayor parte del tiempo.
Por favor te ruego que me contestes y al abogado que comentó este tema también,
porque la verdad esta situación no me deja vivir desde hace ya muchos años, el embargo fue por causas ajenas a mí (me tuve que separar de mi ex y entonces dejar el trabajo donde la jefa era ella, y ella a cambio me dejó sin dinero ninguno para vengarse, y no siguió pagando nuestro piso cuando ella sí podía), no puedo tener un trabajo normal, ni cuenta a mi nombre con dinero dentro, es una pesadilla, y cualquier cosa que sepáis acerca de lo que pregunté os lo agradecería muchísimo...
Entendido
En estos dias me ha llegado un informe sobre el sistema SEPA y parece que todo esta cada vez mas interconectado, de todas maneras mis montos no son como para montar una investigacion mas alla de las fronteras , es lo que dice el sentido comun.
muchas Gracias
En principio, PayPal no es un banco ni entidad de crédito, sino un sistema para pagos por Internet cuyos activos se vuelcan después en una cuenta bancaría que debe establecerse en el momento de dar de alta la cuenta correspondiente.
Es el saldo de esa cuenta lo que se embarga independientemente de su procedencia; llámese PayPal, fondo de inversión, nómina laboral, etc.
Hecha esta salvedad, el artículo 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al establecer el orden en los embargos, establece en su artículo 2-2º (entre otros bienes):
“2.º Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo…”
Que es donde entran el activo en PayPal.
Ten en cuenta que PayPal permite, además de transferencias para el abono de compras a través de Internet, el pago mediante de su propia tarjeta de crédito vinculada a MasterCard.
No obstante, si lo que quieres saber es si dejando el dinero en PayPal está “seguro”, yo te diría por la experiencia que tengo que más a salvo que en el circuito bancario, ya que la jurisdicción española no va a investigar a pequeños deudores a nivel internacional para descubrir activos como los de PayPal.
En cualquier caso, habría que estudiar tu caso concreto y sus detalles.
Un saludo.
José Manuel Rosón Bravo
tengo deudas con la SSocial y con la entidad bancaria donde tenia la hipoteca, pues se subasto el piso y por supuesto no se cubrio la deuda. Por lo tanto en mi cuenta bancaria nunca tengo saldo, me he dedicado a la venta por internet . La pregunta es , el saldo que tengo en paypal, es embargable? Paypal tiene sede en Luxemburgo, pero no se como funciona esto de las jurisdicciones, a la cuenta del banco suelen llegar embargos de la S Social , pero no se si lo pueden hacer con Paypal. Pues no es exactamente un Banco.
Agradezco una respuesta, la gente a la que he consultado , no se entera mucho y no me saben dar una respuesta concreta.