No creo que se pueda deducir en ejercicios futuros.
Lo que sí puedes hacer es requerirle el pago inmediatamente mediante burofax y a los tres meses presentas una solicitud de rectificación por gastos deducibles en esos saldos de dudoso cobro.
Aún no la he realizado porque en principio iba a pagar pero veo que lo que quiere es alargarlo.En caso de poner la demanda teniendo en cuenta que se declarará insolvente ¿sería suficiente para desgrabar esas pérdidas en los siguientes ejercicios o ya se perdería la posibilidad?
Muchas gracias
Buenos días
A finales del año pasado mi inquilino se marcho de la vivienda dejando casi 2700e de deuda en suministros.Mi pregunta es si lo puedo desgravar en la declaración de este año o si como tengo intención de denunciarlo es mejor no incluirlo.La segunda duda seria que en caso de que no pagase por insolvente si podría incluirlo en ejercicios siguientes.Gracias y saludos