Hola, mi cuestión es la siguiente, mediante Resolución con fecha 4 de abril de 2008 se aprueba la subida de salarios 2008 para el sector de guarderías infantiles ¿tendría carácter retroactivo ?, ¿a partir de cuando debería comenzar a pagarse?.
El convenio debe fijar si tiene carácter retroactivo, lo habitual es que lo tenga, y se debería comenzar a pagarse a partir de la publicación del convenio