Buenas noches;
Mi consulta es la siguiente: Se despide al trabajador y se reconoce la improcedencia de su despido mientras el trabajador esta de baja por incapacidad temporal, se dice que se me consigna la cantidad en el Juzgado pero una vez comprobado no se ha hecho la consignación ¿Cual es el procedimiento para reclamar la indemnización y los salarios de tramitación, el procedimiento por despido y o la reclamación de cantidad? ¿Tiene el trabajador derecho a los salarios de tramitación si le dan el alta antes de que sea la vista del juicio?
Supongo que habrá algún compañero procesalista. Saludos.