Esto no es de ninguna última reforma, esto es de hace muchos años, por ej, las ETT's que son empresas que contratan trabajadores de puesta a disposición de la empresa cliente, al trabajador que va a ejercer en la empresa cliente, si realiza funciones de la propia plantilla de la cliente, no sólo debe cobrar igual salario sino que se le debe aplicar igual convenio, (así que, que no les vengan con milongas de aplicar ningún otro convenio.
La cuestión, es que usted quiere reclamar a la empresa desde marzo, bueno pues en ppio si puede hacerlo pero no porque la ley asi lo dispusiese sino porque las reclamaciones de cantidad van desde el momento de interposición de la demanda de un año atrás, si lo hubiese hecho hace uno dos o tres años eso que E hubiese llevado por delante.
smo
Muy buenas tardes,mi consulta es la siguiente.
Trabajo como subcontrata para una empresa del metal desde hace 4 años cobrando aún a día de hoy el SMI,(un mismo operario de empresa gana 24900€ b/año) cuando en principio desde la reforma laboral que hubo hace poco,si no me equivoco,desde el 31 de Marzo de 2022 ya tenía que estar cobrando el mismo salario que la empresa matriz,es decir,convenio del metal,pero mi empresa dice que les dieron de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2022,y que ahora están negociando con la empresa matriz a ver qué sueldo ponernos (quieren meternos el de logística para pagarnos menos)
La pregunta es,puedo reclamar los atrasos de salario metal desde el 31 de Marzo de 2022 que entró en vigor la reforma laboral?