Primero, muchas gracias! He encontrado un contrato de esta empresa de hace dos años, donde pone el salario base ( en el mes de julio por 28 días) = 1.012 euros y el salario base ( mes de agosto por 30 días)= 1085,25
Mi pregunta aquí es si ¿el salario base depende de los días que trabajes al mes?
En ambos casos, en la parte de devengos si aparece el concepto de Manutención, P.P. Extra y Transporte, pero no aparece en ningún momento nada en referencia a las horas extras.
Sé que esas horas son en negro, obvio que no aparecerá registrado en ningún lado. Mi contrato es de 40 horas semanales de lunes a domingo ( 1 día de descanso), aunque he calculado las horas que hacemos, y son sobre unas 12 horas al día durante 6 días a la semana.
Si las horas extras son en negro, él las puede pagar al precio que le de la gana, ¿verdad? Porque vi que en el documento del convenio, las horas extras eran sobre 12 euros y él como mucho las paga a 3,5, muy por debajo de lo que paga las horas normales.
sé que esto es un abuso laboral por su parte, por eso quería tener más información para poder "exigirle" un sueldo digno, a pesar de saber como está la situación actual.
Muchas gracias por vuestra ayuda, para gente que no entendemos mucho de derechos y contratos, es necesario contar con un servicio así.
Con mucho temor a equivocarme y extraído de esta pag. CC HOSTELERÍA VALENCIA.tablas 2012-2013 boe.pdf. (el 2014 es a partir de la pag. 26)
Mire el anexo II (pag 26) punto I. Habla de grupos profesionales I y II donde incluye a los chiringuitos de playa y según usted su categoría esta en el nivel 4
por tanto SB 1079,26 €, HE 12,68 €, Festivos abonables 93,67 € y luego en el anexo III ( a partir de la pag. 28) puntos I, II, III. Conceptos no salariales.
esto a 31/12/2013 y son para el 2014.
SMO.
Mi empresa, es una cervecería, restaurante o bar de tapas, así se anuncian en su página. Un restaurante en primera línea de playa. No sé cuantos tenedores tiene, imagino que como cervecería/bar no tendrá tenedores, pero no sé de donde sacar esa información.
Yo sé que en mi contrato de estos días de Semana santa, estaba dada de alta como ayudante de camarera, y pone categoría: nivel cuarto en los datos del trabajador.
Primero tenemos que saber la categoría de su empresa (si restaurante de "X" tenedores, si Hoteles de "X" estrellas, bares cafeterías ambigus, etc).
Díganos en donde esta encasillada su empresa.
Segundo, el área funcional en esa empresa , (hay 6 niveles o áreas funcionales) arts 14, 15 y16
Vamos su categoría en la empresa.
Sin estos datos no podemos decirle ¿Cual es su tabla?
Hola,
He visto en mi contrato que mi categoria como trabajador es nivel cuarto, me imagino que será el nivel de ayudante de camarero.
Respecto al grupo al que pertenece el restaurante, lo que he encontrado que no sé si será esto, es unas tablas de aplicación para todas las empresas comprendidas en este ámbito:
I.- Para cafeterías con categoría especial, primera o segunda; restaurantes con categoría de cinco, cuatro, tres, dos y un tenedor; cafés-bares con categoría especial (A, B), primera, segunda, tercera y cuarta; colectividades; empresas de restauración moderna; discotecas,salas de baile; cruasanterías; zumerías; bingos; salones recreativos y billares; pizzerías; hamburgueserías; bocadillerías; creperías; cervecerías; tabernas; freidurías; chiringuitos de playa; pubs; terrazas de veladores; quioscos; heladerías; chocolaterías; salones de té;
ambigús; cafés-teatro; tablaos; casinos; y cibercafés.
La tabla se divide en niveles / salario base mes/ horas extras/ festivos abonables pero no sé si se refiere a niveles de restaurante o al nivel en el que se clasifica a los trabajadores.
Pues entre otras muchas cosas ayudaría saber el grupo de pertenencia del restaurante que en su convenio va del uno al cinco y según cada grupo hay un precio.
Si quiere intentarlo usted mismo ponga en google "tablas salariales para el convenio de la hostelería de Valencia 2014"
Hola buenos días!
Tengo una consulta respecto al salario que deberia percibir en un restaurante en una playa de la Comunidad Valenciana.
Para estas Pascuas, nos ha hecho un contrato de 20 h de ayudante de camarero.
El totalde horas que hemos hecho es 55 horas, entre los días jueves q lunes ( mediodia)
Nos gustaria saber,según convenio, a cuanto nos debe pagar las horas del contrato y el resto de horas, que imagino contarian como horas extra, a cuanto saldrian?
En la segunda cláusula dice que la jornada es a tiempo parcial y en la cuarta, que el trabajador percibirá una retribución total de según convenio euros bruto mensual que se distribueixen en los siguientes conceptos salariales( SB P.PEXTRAS PLUS TRANS MANUTENCION
Luego pone como cláusula específica, que es eventual por circunstancias de la producción
Mi duda es saber, legalmente que deberia cobrar por estos días de Pascua, ya que creo que nos va a pagar menos yvla idea era trabajar en este bar la temporada de verano, tambien a 40 horas semanales, pero realizando una media de 70 horas a la semana.
Queremos saber que deberia ser el mínimo que nos deberia pagar, ya que muchos empresarios de hosteleria, nos dicen que estando como està la situación actual, que no pueden pagar más y que si no queremos, tienen un montón de gente esperando.
Gracias por su ayuda, esperamos poder tomar una decisión cuanto antes
Un saludo
Sílvia