El convenio de agencias de viajes dece: " el trabajodro percibira la diferencia existente entre la prestación económica de la s.S. Y el cien por cien del salario real, tomando como base para su calculo el mes anterior al de la baja por it."
Cuando dice que toma para su calculo el salario real a que se refiere, a su base regularizadora o a los conceptos salariales.
La base reguladora seguro que no (aunque es cierto que en muchos casos podrá coincidir).
Te pongo algún ejemplo:
- si el trabajador está en topes de cotización puede ocurrir que su salario real sea superior a la base reguladora
- si la base reguladora incluía algun concepto devengado solo ese mes o bien el prorrateo de algún concpepto de devengo irregular o superior al mes (por ej. una gratificación), esa bare reguladora, y ya considerando la prorrate de las pagas extras, puede ser superior a su salario real.