Un trabajador dentro del convenio de transporte de mercancías de la provincia de Lugo. Tiene una nómina de 961€ líquidos, pero mensualmente le transfieren, a través de cuenta bancaria, 1200€ hasta hace 4 meses.
La relación laboral se extingue por jubilación del empresario. ¿Ese trabajador puede reclamar diferencias salariales por esos 4 meses para que le abonen los 1200€, a pesar de que en nómina sólo aparecen conceptos salariales de convenio?
Claro que puede reclamar y además si le han transferido más de lo que aparece en nómina y no han cotizado por ese dinero lo reclamará, tendreis que cotizar por esas diferencias sin perjuicio de los recargos y las sanciones que puede ocasionar.
Piensa que se va a jubilar y lo que quiere es que se le quede una buena "paga" con lo cual lo reclamará.
Además la empresa tendrá que justificar en contabilidad esos gastos ¿como pone esas diferencias? paga en A un dinero que es B???????
No.... El que se jubila es el empresario, no el trabajador.
La verdad es que no se como va a justificar tales gastos, ya que yo defiendo al trabajador. Ya tenia pensado demandar ante inspección de trabajo, pero lo que deseaba saber es si, al existir transferencias por un importe superior al que le viene en nomina, es justificante suficiente para poder reclamar la diferencia entre esos 1200€ y lo que aparece en nómina en aquellos meses que no le han transferido dicha cantidad.
Supongo que hay horas extras encubiertas.
Estoy de acuerdo con Marilo, la posibilidad de reclamación a través de demanda social existe y lo que es más grave la posibilidad de interponer denuncia ante la Inspección de Trabajo también.
Malo eso de transferir una cuantía superior a la reflejada en nómina. La empresa está pillada, muy pillada.