En primer lugar un saludo a todos.
Tengo una duda sobre un tema relacionado con un accidente laboral con resultado de muerte, el caso es que el fallecido cobraba una parte de su salario en dinero B y pretendo reclamar el dinero B que la empresa le debía hasta el momento del accidente, ante esta reclamación tengo la duda de si, una vez reclamada y reconocida la deuda en negro que la empresa tiene con el fallecido, hacienda puede reclamar que se tribute por ese dinero que el fallecido no había declarado, he de decir que en el ejercicio fiscal en que se produjo el fallecimiento las rentas del fallecido, incluyendo el dinero negro que debió recibir, no superan el mínimo exento, por lo que en principio no existe obligación de presentar autoliquidación, pero si se reconoce en juicio que, al menos durante 4 años, este señor estuvo cobrando en negro, la cantidad puede ser bastante alta y me pregunto si en ese caso saldría más caro el collar que el perro.
He tratado de documentarme al respecto pero debido a mi falta de experiencia (y de pericia, imagino) no he sabido dar una respuesta convincente a esta cuestión así que agradecería cualquier comentario por vuestra parte que me ayude a solucionar este asunto.