tengo una duda sobre el salario que debe percibir un trabajador con contrato para la formación y el aprendizaje. la ley establece que: La retribución del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
La empresa no aplica ningún convenio sino el Estatuto de los trabajadora por lo que los trabajadores cobran el SMI más dos pagas (645,30 *14 /12 = 752,85 € mensuales)
el trabajador con contrato para la formación y el aprendizaje que tiene como trabajo efectivo el 75% de la jornada, ¿cobraría el 75% de esos 752,85 € o esta cantidad es el mínimo?
En la Empresa que estuve, hasta cumplido el año, NO aplicaban las pagas prorrateadas en la mensualidad.
Durante el 1er año : 12 mensualidades más 2 extras (las extras, proporcionales al tiempo trabajado)
El 2º año ya aplicaban como en el ej : (645,30 *14 /12 = 752,85 € mensuales).
Marobara, con su exposición no entiendo que quiso decir, pero respecto a la consulta interpuesta por giovannigarcía la normativa sobre cto de formación o aprendizaje una de sus condiciones dice lo siguiente:"La retribución del trabajador se fijara en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en Convenio Colectivo sin que, en ningún caso, pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo trabajado"
Esto es que su salario será el correspondiente a la jornada realizada la cual es del 75% por tanto si lo que le abona es el 75% del SMI incluido pagas extra, el salario correspondiente será el equivalente a la proporción de ese SMI al 75 %.
Joer no se si lo estoy aclarando o lo estoy liando mas.
1ER AÑO
salario mensual = 75% de 645,30
Pagas extras (2)
paga de Junio : parte proporcional, al tiempo trabajado, del 75% de 645,30
paga de Dic : parte proporcional, al tiempo trabajado, del 75% de 645,30
2º AÑO (los que llegaban ...)
Lo que decías tú : 75% de 752,85 €
(645,30 *14 /12 = 752,85 € mensuales)
Yo tengo una duda, a ver si me la podeis solucionar. Tengo un contrato para la formacion y el aprendizaje Jornada laboral 40h trabajo efectivo 30 y el salario segun convenio. ¿Me podeis decir lo que debo cobrar? Tengo categoria dependiente y el convenio es el del comercio metal cantabria.