Hola Fernando, he leído tu caso y a día de hoy me encuentro con el mismo problema, y mismo informe.
Si pudieses contactar conmigo para ayudarme a como enfocar el trabajo te lo agradecería.
te dejo mi e.mail
elenalafora@hotmail.com
Saber si un terreno en el apr 05.03 de madrid es suelo no consolidado
Soy un joven inexperto en urbanismo y tengo que entregar un informe el Lunes acerca de un terreno que es el APR 05.03 en Madrid. Como no tengo experiencia práctica todavía, tengo algunas dudas que necesito desesperadamente que alguien aclare: 1º el APR 05.03 es un SUC o SUNC; en la ficha urbanistica que he encontrado en www.munimadrid.es (que son los únicos datos de los que dispongo) pone que el objetivo de la administración es: " facilitar la gestión en areas menores de oportunidad, favoreciendo la red básica de dotaciones"; 2º no entiendo en concreto lo que significa el objetivo y lo que significa "areas menores de gestión". Si alguien me lo pudiese aclarar. 3º ¿lo que van a hacer es una actuación de dotación? 4º es un area con un uso característico residencial y cualificado dotacional con 0 m2 de edificabilidad de usos lucrativos pero mi cliente tenía en vista hacer un edificio de oficinas ¿puede? si no pudiese tiene pensado hacer un edificio residencial de 5 plantas pero el PGOUM dice que para la zona el limite son 4 más el ático. 5º no sé si un ático se puede considerar un planta más (con lo que serían 5 plantas) o se computa independientemente. Tengo todas estas dudas porque el plan de desarrollo todavía no ha sido aprobado (ya sabemos como estás las cosas con la crisis) y el estudio de detalle (que en principio es lo que van a aprobar) no está todavía. 6º ¿es necesario que aprueben el plan de desarrollo o podríamos enpezar con lo que pone en el PGOUM? ¿en este caso se puede hacer un estudio de detalle o podríamos plantear un plan parcial? Mi cliente tiene del area que son 3240 m2 tiene 2000 ¿cúanto tendría que ceder para actuaciones públicas porque en la ficha pone que al menos el 50% y me parece una burrada. ¿puede el ayuntamiento pedir eso? El sistema de actuación que han elegido es el de cooperación pero como sé todo lo que limita a mi cliente quisiera saber si podemos intentar cambiarlo a compensación. Ya sé que son muchas preguntas (aunque la principal es la de si os parece que es un SUC o SUNC) pero es que estoy muy desesperado. Necesito que algún alma caritativa conteste pronto porque si no me las veo mal. Muchas gracias; os estaré eternamente agradecido.
Fernando.