Derrama de 5511.33 euros con 27 pisos con una cuota de participación del 1,7%
1 local con una cuota de participación del 3%
¿Cuánto corresponde pagar a cada piso y al local ?
Gracias.
La suma de las cuotas de participación debe dar 100%, Usted habla de 27 pisos con un 1,7% y un local con un 3%. Eso suma 1,7 * 27 3 = 48,9%, muy lejos del 100%. ¿Dónde está el resto?
En cualquier caso, los cálculos son sencillos. Si alguien tiene un N% de cuota, paga un N% de la derrama. Por ejemplo, si alguien tiene un 1,7%, debe pagar 1,7 * 5511,33 / 100 = 93,69 €
Se me olvidó decir que la finca está dividida en dos comunidades, y la derrama que hablamos es de una de ellas y sus partícipes, es decir de ese 48'9%.
Bien. Pues hagan este cálculo (es una simple regla de 3).
Par el reparto entre los miembros de esa comunidad ese 48,9% se corresponde al 100%.
Por tanto:
48,9 es a 100 como 1,7 es a X
X = 1,7 * 100 / 48,9
Deben multiplicar las cuotas que tienen por 100/48,9 = 2,0045
Así, 1,7 pasa a ser 3,4765 y 3 pasa a ser 6,135, de forma que 27 * 3,4765 6,135 = 100
Y entonces aplica el reparto que le decía antes:
Los que tienen el 1,7%, que en realidad es un 3,4765:
3,4765 * 5511,33 / 100 = 191,60€
El que tiene un 3%, que en realidad es un 6,135:
6,135 * 5511,33 / 100 = 338,12€
Pues no, la contestación que le ha dado no es correcta.
Si los gastos es de una de las partes de un solo cuerpo, quiere decir que podría estar dividido en sub comunidades, y a estas les corresponderá lo que marque las reglas de condominio, si nada marca al respecto, quiere decir que no tienen constituido la sub comunidad, y en ese caso todos tendrán que abonar según su coeficiente.
Realmente, para saber si es correcto o no, habría que ver la documentación de la (o las, llegado en caso) comunidad. No sabemos si hay una o varias. Opciones hay diversas.
No empecemos a buscar complicaciones donde no las hay, ni a hacer supuestos, mejor contestar solo a lo que se ha preguntado.
Lenox lo ha dejado muy claro, en su segunda intervención:
"Se me olvidó decir que la finca está dividida en dos comunidades, y la derrama que hablamos es de una de ellas y sus partícipes, es decir de ese 48'9%.".
Por lo que la respuesta de POLIPLOS es impecable.
Lo que hay que diferenciar es el coeficiente de propiedad que es una cosa y el porcentaje de participación.
Usted tiene un coeficiente de propiedad de 1.7 que el peso de su voto en la propiedad, pero esto no siempre coincide con el porcentaje de participación en los gastos de la comunidad. Si suele coincidir en temas estructurales, pero no en otros temas generales.
Usted dice que existe otra comunidad paralela la cual tiene su coeficiente de propiedad, pero parece que se da en esta ocasión que los gastos no le repercuten a ella y por tanto hay que repartirlo proporcionalmente (como le han hecho) entre los propietarios de su comunidad, pasa de de 1.7 a prácticamente doblarse ese porcentaje de participación en el gasto.
Buenos días de nuevo.
No sabia que el temas iba a dar para tanta deliberacion.
En cualquier caso nuestro administrador coincidió en sus cifras con poliplos, es lo único que puedo aportar.
Gracias a todos.
No se a que viene está disertación sobre la diferencia entre coeficiente de propiedad y coeficiente de participación en gastos, ya que no es el caso, que está totalmente resuelto.
Simplemente es una aclaración para esta persona que ha preguntado. En ocasiones se confunden los terminos y aunque ella pueda tener un coeficiente en escritura de 1.7 no es la participación en gastos a aplicar en su caso.
"En ocasiones se confunden los terminos y aunque ella pueda tener un coeficiente en escritura de 1.7 no es la participación en gastos a aplicar en su caso."
No se ha confundid en nada.
SI es la participación en gastos el 1,7%, pero del global (2 comunidades), y la derrama es de la parte de su comunidad, el 1,7 no por ciento, sino por 48,9.
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El 1.7 de los pisos más el 3 % del local no suman 100 y por ello se ha dicho que existe otra parte que completa el 100%, por tanto ese 1.7 debe ser (no conozco le E.P) el coeficiente de propiedad, y no de gastos ya que a esta comunidad (la primera,) no le afectan los gastos de la segunda y por eso se le duplica el porcentaje de gastos en este caso.
Y repito, no es lo mismo coefientes de propiedad que coefientes de participación de gastos aunque haya circunstancias que si coincidan.
Vamos a ver, hay una comunidad, con dos subcomunidades, y cada inmueble tiene un solo coeficiente de participación en gastos.
Una subcomunidad es de 27 pisos y 1 local, total de coeficientes 48,9.
La otra comunidad X pisos y Z locales, lógicamente el total de coeficientes de estos inmuebles es 51,1.
Hay una derrama, y a la primera comunidad lo toca pagar 5511,33 euros, por lo que cada propietario pagara 5511,33 x 1,7 : 48,9 (como lo hace Poliplos es lo mismo.
La segunda comunidad pagará una derrama de un poco más de esos 5511 euros, realmente le toca pagar 5511,33 x 51,1 : 48,9.
Y el coeficiente de propiedad no tiene absolutamente nada que ver.