Disculpa, creo se cuentan los sábados , lo que no se cuentan son festivos y domingos, el resto de los días son hábiles incluidos los sábados, de todas forma Kilie si no te importa puedes decirme la referencia legal en la que te apoyas ?
Entiendo que a kylie le asiste la razón. La Ley Orgánica del Poder Judicial en su art. 182.1 (redacción dada por la LO 19/2003, de 23 de diciembre, dice: "son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva comunidad autónoma".