Verá, si trabaja para un cliente y usted no tiene que pasar primero por su empresa se interpreta como el lugar de trabajo es donde comienza su jornada Yadi vez el último donde termina por tanto por ahí sería correcta la acción de la empresa, no obstante usted nos habla de una absorción y de ello entiendo que antes de la absorción estaba usted en otra empresa que le reconocía su tiempo de trabajo desde el domicilio ida y vuelta en cuyo caso sería una condición más beneficiosa para el trabajador y entendiendo que es una absorción debe respetarle todos los dichos que tenía con la empresa anterior y salvo que les hicieran firmar un nuevo cto esas condiciones deben ser respetadas, así que presente demanda contra su actual empresa en menos de 20 días por modif de las condiciones laborales tras subrogación o absorcion, transcurrido este plazo se entiende que el trabajador aceptaras nueva condición e forma tácita.