Rompimos el contrato de mantinimiento de ascensores alegando falta de consentimiento ( el administrador ya cesado firmo el contrato sin consentimiento del presidente ni de junta general ), irregularidades ( cobros indebidos,no contestacion a nuestras quejas, no firma de partes por parte de presidente de escalera...) y mal mantenimiento en general.
Nos han demandado alegando como causa la presuncion de que se a hecho por razon de precio. ¿¿Que debemos hacer, tras numerosas pruebas, para contestar de manera que desmontemos su demanda ??
Creo que basándome en el art.10 LPH el administrador no tiene potestad para firmar contratos si la Comunidad no le ha facultado. Pedir la ineficacia de tal contrato y probad, además, tales irregularidades y mal mantenimiento. Estos Señores que viven como reyes demandan para así poder obtener el máximom dinero posible, después de terminado el "chollo". ¡Ánimo!
Las compañias instaladores de ascensores son una especie de mafia donde pocos pueden entrar,,,te hacen firmar unos contratos leoninos de 10 años que se renuevan tacitamente si no se cancelan,,y como las presidencias cambian anualmente nadie se entera de que se acaba el contrato y se renueva 10 años mas con lo cual es una especie de esclavitud.
Ahora hay mucha comptencia y ofertas para el mantenimiento de ascensores pero si la comunidad tiene uno de esos contratos no se puede romper porque te demandan por incumplimiento de contrato.
De todo eso me entere cuando en mi comunidad intentabamos ahorrar algun dinero y la forma mejor era cambiar de compañia,,fue imposible y eso que encontre empresas que lo hacian por la mitad de precio..
Esas mismas empresas que no podian trabajar me contaron que cuando conseguian "pillar" algun contrato por vencimiento,,cuando habia una averia y necesitaban piezas del fabricante del ascensor ese fabricante les daba plazos de entrega largisimos para que la comunidad se cabreara y volviera a contratar al fabricante/instalador antiguo.
En fin,,,que estas compañias tienen practicas parecidas a las de las empresas de telecomunicaciones,que entras facil pero luego no hay forma de salir.
Tengo una sentencia memorizada, que no acabo de encontrar; la practica abusiva por parte de las compañias mantenedoras de asistencia, aunque figuren 10 años, están en contra de la ley, incluso si se pactan, de forma que se pueden revocar los abusos, la mafia continua porque la ley no ha puesto claro quien y como tienen que servir los repuestos, pero ponganse en contacto con las compañías más competitivas, ellas les diran; es un servicio que se puede cambiar perfectamente, otra cosa es, como y cuando, el comportamiento de los caciques y el asentimiento de la masa borreguil, todo influye; miren lo que ocurrió con los servicios de telefónica, algo parecido; buscaré la sentencia e informaré.
En la práctica y con carácter general, para contratar los servicios de empresas de conservación de ascensores se suelen firmar contratos de adhesión en la forma expuesta por damaot y pacha, si bien la opinión mayoritaria de nuestras Audiencias es que ese tipo de contratos sí es legal.
En mi opinión tendréis que acreditar el incumplimiento contractual o deficiente cumplimiento contractual por parte de la empresa de ascensores.
Que tratéis de hacer valer el hecho de que ha sido el Administrador y no el Presidente y sin consentimiento de la Junta quien firmó el contrato se servicios en nombre de la comunidad, dependerá de las circunstancias. Por ejemplo, no valorará igualmente un Juez el hecho de que el contrato haya sido firmado hace dos meses a que haya sido firmado hace un año y se hayan atendido puntualmente los recibos de mantenimiento y conservación de ascensores, lo que denotaría un consentimiento tácito por parte de la Comunidad representada por su Presidente.
El tema es demasiado largo para hacer una exposición aquí, así que únicamente me queda sugerirte que contratéis los servicios de un Abogado y que sea él quien estudie la situación y decida qué hacer.