Lo que dice Trulivel es correcto, y se fundamenta en el articulo que te he dado.
En cuanto a los antecedentes penales, si se ha extinguido su responsabilidad deberÃa solicitar la cancelación de los mismos, para evitar que le denieguen la residencia fundamentándose en ese motivo.
Puede pedir la residencia por circunstancias excepcionales. Quizás en un principio la administración lo rechazarán, pero judicialmente están concediendo la residencia por estos motivos, cuando dan a luz un niño español, pues se entiende que la madre tiene que quedarse cuidando al menor y serÃa más perjudicial, por tanto, expulsarla y enviarla a su pasÃ.
Gestor, el art. 49 del reglamento de extranjerÃa no dice nada sobre las madres de nacionales, es más bien para los trabajadores que se encuentran fuera de España, es posible que te hayas equivocado?.
Gestor, tengo un caso similar, pero en mi caso, la madre de la niña española tiene antecedentes penales (tÃpica niña joven colombiana a la que le prometen el oro y el moro por entrar en España una cantidad de droga y la cogen en el aeropuerto), influye este hecho?.
¿El hecho de que ella tenga una relación afectiva estable con un ciudadano español con el que ha tenido una hija le confiere algún derecho para permanecer en España de forma legal?