He leido en una web, que puede ser que no esté actualizada, que para reclamar por ruidos y molestias causados por una nueva construcción hay que hacer un "interdicto de obra nueva" según la Ley del Suelo.
Pero EN CATALUÑA qué Ley es aplicable, la Ley catalana de Urbanismo? o la Intervención Integral de la Administración Ambiental? o cuál?. Dónde se regula? Muchas gracias.