Hola a todos,tenemos regogido en acta,no hacer uso de las duchas y tiradas de cisterna a partir de las 00:00h.¿Puedo obligar al vecino de arriba que cumpla con lo estipulado en dicha acta?.¿ La Comunidad de vecinos lo puede demandar por hacer caso omiso?
Independientemente de ese acuerdo, que por otra parte no se hasta donde pudiere llegar la legalidad o la logica; permitame hacerle una pregunta capciosa:
Si usted tiene una descomposicion en su cuerpo a las 00:5 minutos y necesita usar urgentemente el aseo:
1º ¿ Lo usaria ?
2º Si usted , en base a su pregunta, lo respeta, ¿ como se las arregla ? ,¿ pone un orinal a la antigua usanza
3º ¿ No lo utiliza y se hace encima por no " tirar de la cisterna "................
Sin mas comentarios y sin acritud
Un saludo
Por supuesto que no puede obligarle.
AFORTUNADAMENTE no puede obligarle porque ese acuerdo es nulo radicalmente y carece de la mínima ejecutividad.
Esto sí, defensores de tal medida, seguro que los va a haber en el foro y en esa siniestra Junta.
con todos mis respetos yo me imagino esa junta votando que una persona en su casa no pueda utilizar el baño si tiene un apreton o en verano si suda y le apetece una ducha. sinceramente no me gustaria vivir en esa comunidad. esas normas me causan hilaridad. por no decir algo peor
TORT: Mis vecinos de abajo, cuando expelen sus fluidos líquidos, alcanzan un nivel sonoro que sobrepasan los decibelios permitidos.
¿eso también lo tienen contemplado en sus normas?
Yo creía que en este foro sobraban las prguntas escatolójicas?
Dejesé de chorradas
No lo dude....hay vecinos/jefes con verdaderos síndromes prosoviéticos muy capaces de instalarle micros en las mismísimas cajas de preservativos....
Si habláramos......
tanto los ruidos de la ducha como de la cisterna son ruidos normales en una vivienda,cuando entramos en ella todos sabemos que esisten y no creo que la comunidad pueda poner normas sobre el tema