esto es parte de la Ordenanza Municipal sobre contaminación Acústica de mi ciudad:
"....SECCIÓN 3ª. NIVELES EN EL AMBIENTE INTERIOR.
Art. 9.1. El nivel sonoro máximo en el interior de las viviendas colindantes al local o actividad donde se genere el ruido no será superior a 30 dBA desde las 7 a 22 horas y de 28 dBA desde las 22 a las 7 horas, excepto en el caso contemplado en el artículo 22.3 de esta Ordenanza..."
Has de hacerte con la tuya abalon y una vez leida llamas a la Policía Local que son los que han de intervenir.
Un saludo.
Real Decreto 1909/81, de 24 de julio, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación NBE-CA-81 sobre Condiciones Acústicas en los edificios
2.2.2 Actividades de las personas
2.2.2.1 Pisadas
Producen un ruido típico que se transmite fundamentalmente por la estructura, y cuyas características espectrales y de nivel dependen del tipo de pavimento, del calzado del ocupante y del ritmo de sus pisadas.
Generalmente es un ruido rico en bajas frecuencias, que se transmiten primordialmente al recinto subyacente y cuyo nivel de inmisión puede alcanzar en ciertos casos 55 dBA.
2.2.2.2 Conversación
Los niveles sonoros medios que produce la conversación, se cifran en 70 dBA, 76 dBA en los casos en que se fuerza la voz, pudiendo llegar a los 100 dBA en el caso de gritos.
2.2.2.3 Equipos de reproducción sonora
Producen niveles de utilización comprendidos entre 65 y 70 dBA, aunque en algunos casos se pueden superar los 90 dBA.
Su espectro es función del tipo de programa emitido, aunque generalmente predominan las frecuencias bajas y medias.
2.2.2.4 Instrumentos musicales
Pueden producir niveles de utilización comprendidos entre 90 y 100 dBA con intensidades máximas localizadas en la banda de frecuencias comprendidas entre 50 y 1.500 Hz.
En la reducción del ruido producido por ellos hay que considerar particularmente aquellos, que como el piano pueden transmitir una parte importante de la energía emitida a la estructura del edificio a través de sus apoyos, si no están aislados convenientemente.
2.2.2.5 Obras de acondicionamiento y reforma
Inciden fundamentalmente en el edificio por lo que, debido a su carácter esporádico, deben ejecutarse a horas reguladas y permitidas, excepto en casos de emergencia justificada.
2.2.2.6 Otros ruidos domésticos
Se engloban en este epígrafe los ruidos producidos por los juegos de niños que son análogos a los de pisadas y puede estimarse que su nivel puede alcanzar 60 dBA.
Igual importancia tiene el arrastre de muebles que producen niveles en los recintos subyacentes del orden de 65 dBA, el accionamiento de persianas enrollables que puede cifrarse igualmente en 65 dBA, o el ladrido de perros que puede alcanzar niveles del orden de 80 dBA.
Habria que ver la ordenanza municipal a donde corresponde la Comunidad, ya que algunas tienen variación de horarios, pero de forma general suele ser el siguiente horario el más aceptado por la mayoría de municipios, de 23,00 a 07,00 horas tiempo que se considera de descanso nocturno.
Considerando que el resto de horario tampo se puede realizar un ruido que sobre pase unos niveles de decibelios que son de 65, nivel máximo recomendado por la O.M.S. en la realización de cualquier actividad.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
el viernes ,mi vecino de arriba estaba cortando con una radial a las 11 de la noche,el ruido era insoporttable y le dije que por favor no hiciera mas qu eno eran horas,no me hizo caso y ademas se rebotó un poco, mi pregunta es; hasta que hora se puede hacer ruido???????