Mi vecina tiene jacuzzi en terraza de atico comunitaria. Según informe no daña estructura pero a mi me molesta tanto el ruido como las vibraciones que producen los 3 motores que tiene. He leído el artículo 7.2 de la ley de propiedad horizontal. Como puedo hacer uso de este artículo y cómo proceder en este caso?. La vía de hablar con el queda descartada pues ya se ha intentado sin éxito.
Su vecina podrá tener terraza del ático común de uso privativo, pero eso no quiere decir que la pueda usar para lo que quiera.
Este es un tema a plantear a la Comunidad de Propietarios y que esta resuelva. Seguramente su vecina no pidió autorización a la comunidad.
Solicite por escrito a la Comunidad que ese punto sea incluido en la próxima Junta General, para tomar acuerdo.
A la vista del mismo, usted resolverá.
El presidente, puede comunicar a la vecina el cese en el uso de la jacuzzi, hasta que se tome acuerdo.
En una junta esto no se resuelve, las quejas de un solo propietario no conducen a nada.
Efectivamente hay que acudir a un abogado para proceder a la demanda.