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Ruido excesivo en vivienda bloque

2 Comentarios
 
Ruido excesivo en vivienda bloque
30/10/2024 11:33
Hola,

En el piso de arriba hay un ruido excesivo de niños no tan pequeños del inquilino.

No se trata de ruidos a horas normales, si no de gritos, correr por el piso o tirar cosas y portazos a horas no muy normales. Antes de las 8:00 e incluso después de las 22:00 todos los días..

Hemos llamado alguna vez a la policía pero parece ser que les da un poco igual. Entendemos el poco aislamiento y la mala calidad de los pisos en España pero de todas formas esos ruidos.

¿No sé si para poner una demanda primero debo poder medir decibelios yo mismoo tengo que llamar a alguien para hacerlo?

¿Se puede demandar al propietario del piso por eso en vez de al inquilino?
perfil veo
04/11/2024 13:48
en los últimos años, o décadas, muchos padres dicen que impedir que sus hijos se manifiesten a su manera es impedirles el ejercicio de una libertad fundamental
es una guerra perdida
07/11/2024 02:06
Cada vez que ocurra, llame a la Policía Local para que comprueben los ruidos y adviertan o multen a los causantes.
Si las molestias persisten, mediante instancia, requiera al Ayuntamiento un informe con todos los requerimientos realizados a la Policía Local.
Puede que por el insomnio se vea obligado a ser asistido en el Hospital (ansiedad o estrés) o un centro sanitario (prescripción de ansiolíticos o pastillas para dormir). Solicite al sitema de salud un informe en el que consten las asistencias y medicamentos prescritos y los días que haya estado de baja por ésta causa (incapacidad para desarrollar su labor en el centro de trabajo por falta de sueño, ansiedad, etc).
Éstos documentos, podrán servile como prueba porque, para que el juez desaloje al inquilino (si es de alquiler) o propietario, no basta con que el ruido sea excesivo, sino que deben ser continuos o reiterados.
La comunidad de propietarios no solo debe demandar al inquilino, sino también al propietario, por su actitud pasiva (artículo 7.2 de la ley de propiedad horizontal (LPH).)
Antes de denunciar, manden un burofax o requerimiento notarial al inquilino y propietario advirtiéndoles de las medidas que tomarán si no cesan los ruidos.
Los hechos pueden ser susceptibles de requerir daños y perjuicios por el menoscabo a su salud y las bajas laborales.
Una vez declarados culpables, el juez podrá prohibir el uso del piso a los inquilinos hasta 3 años.

Saludos