Por lo demás, sólo añadir que yo admiro a muchos foristas que participais por aquí (y a DP le admiro mucho): ya seais abogados, miembros de las FFCCS, estudiantes, o pertenecientes a cualquier otra profesión, y que participais aquí poniendo al servicio del foro, de forma desinteresada, vuestros conocimientos y buena voluntad.
Así que, siendo el objetivo común de todos (o mejor, de casi todos, para ser realistas) compartir experiencias y conocimientos, si me lo permitís, os aconsejaría a todos que, aun en las lógicas discrepancias que puedan surgir en los debates, procuréis respetaros.
Sólo es un humilde consejo, que me gustaría mucho que siguierais; yo, al menos, intentaré actuar así.
Sólo quería poner mi pequeño granito de arena en este post (aunque no sea la tal Ana, espero servirte de ayuda, DP). Respecto a la cuestión planteada, ni idea (aún estoy cimentando las bases de mis escasos conocimientos jurídicos, con un Cerezo Mir).
Eso sí, vengo observando durante un tiempo al forista DP, y no me parece que se merezca que le vilipendien. Sabe muchísimo. Y, además, en mi humilde y denostada opinión, no ha faltado a nadie.
Tengamos la fiesta en paz, por favor. Esto parece una jungla, a veces.
No alcanza a ver el motivo de crítica a su post PORQUE NO HAY NINGUNO.
Le rogaría al forista, así como al resto del auditorio que mantenga las mismas dudas, que relea bien el mensaje de este particular del día 31/7, haciendo hincapié en las comas que puntúan el texto.
Personalmente creo que la idea que trasluce mi mensaje es muy clara. Pero me puedo equivocar, desde luego.
Dígame algo Ana¡¡¡¡
Bueno, creo yo que entre el (se supone cortés y educado, como no puede ser menos y a mí me consta por haberlo presenciado) "requerimiento" o invitación a participar, y el "estado policial" ¿? dicho por el consultante, hay una pequeña diferencia....piense el consultante que el sospechoso puede tener unas características especiales, o por lo contrario absolutamente normales, y se precisa de la concurrencia de personas semejantes que no hayan podido ser vistas, vg., en la oficina judicial, los pasillos del edificio, agentes de seguridad, etc.....de ello puede depender, vg., la prisión provisional del sospechoso, eso le dará una idea de la importancia que pueda tener la buena formación de una rueda.
A eso se le llama DEBER CIUDADANO, y si su cumplimiento no está regulado, eso no es excusa para que, dentro de sus circunstancias, se sienta "obligado" a colaborar.....aún sin norma que lo regule.
Claro que todos tenemos en la boca, listo para soltarla a primeras de cambio, la expresión....."oiga, que yo sé mis derechos..." o "tengo mis derechos, pago mis impuestos y....." pero cuando la correlativa obligación asoma las orejas, pies en polvorosa.
Ciudadanía, ni más ni menos.
¿ESOTERICO????
esotérico, -a (del gr. «esöterikós») adj. *Oculto o *secreto: no a la vista de todos o no asequible a todos, sino solo a los iniciados.
No alcanzo a ver el motivo de crítica a mi post, siendo tal procedimiento tan común en grandes capitales (digase Madrid, Barcelona, Málaga, Valencia,....) y donde me consta usted ejerce en la segunda de ellas.
No les parezca a los lectores tan "esoterica" tal conducta, y me explico.
Cualquier investigación de un delito en el que se dispone de testigos directos, comienza con un visionado de colecciones fotográficas. (tales colecciones se forman con fotografías de individuos previamente reseñados, es decir, detenidos)
Si tal visionado da como resultado un "positivo" y fijense en el entrecomillado y lo que representa, se recurre a la diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos, con el legal procedimiento arriba indicado.
Ahora bien, ¿cuantas ruedas de reconocimiento dan resultado negativo?
Pues ciertamente, muchas más de las deseadas. Sea por inocencia del reconocido o por temores del sujeto pasivo del delito, como fuere, el reconocido no es el buscado o no se le puedeimputar el hecho.
En ese caso no cabe más que poner inmediatamente en libertad al sujeto presuntamente culpalble.
Se le piden disculpas y se le informa de su derecho a repetir contra los actuantes por "detención ilegal" si lo considera necesario. Pero nótese que previo a todo ello existe un reconocimiento fotográfico por parte de la víctima que motiva la ulterior detención.
Y conste que no me ha molestado en absoluto ninguna crítica. Solo me expreso para aclarar una intervención que es de lo más común. P.Ejemplo. "robos con intimidación" "Lesiones", "Agresiones sexuales", "etc.". En definitiva, como dije, en todos aquellos sucesos en que afortunadamente se dispone de testigos presenciales.
Por lo demás creo que se trata de sentido común, no algo oculto o impreciso a ojos de no iniciados.
En mi experiencia es frecuente intentar que ciudadanos de aspecto exterior semejante al "sospechoso" acudan voluntariamente a integrar la rueda....no hay más allá de un deber difuso de colaborar con la autoridad judicial/policial, pero sin regulación específica.
En estos casos se recurre, dada la hispánica improvisación que nos es tan querida, hasta a funcionarios judiciales, y si el aspecto del "sospechoso" lo requiere, a quienes están en calabozos (en muchas ocasiones hay problemas hasta con éstos últimos).
Pero en modo alguno procede una detención, y por lo que sé, siempre se invita recordando la existencia de ese deber de colaboración (genérico) a que, dada su semejanza bien por el aspecto exterior, altura, complexión física, pelo, indumentaria, etc., ayudan a formar una rueda con las mayores garantías de semejanza.
Ni es detención ni retención lo que no es más que mera colaboración ciudadana, y la estancia provisional en dependencias policiales/judiciales no supone más que una mera molestia por el tiempo perdido, ni se le seguiría ninguna consecuencia caso de ser, vg, reconocido por el testigo (lo que, claro está, beneficiaría al sospechoso).
Una negativa a participar, aún reprobable (hablamos mucho de nuestros derechos pero poco de nuestros deberes ciudadanos, véase las reticencias al jurado o a las mesas electorales) no es en principio constitutiva de infracción alguna, creo yo, y no podría ser detenido o retenido por la fuerza sin consecuencias, lo que no suele ocurrir (sí que hay muchas reticencias por el miedo y desconfianza nacidos del absoluto desconocimiento de la diligencia, de su alcance y significado).
En cuanto a una posible trama o irregularidad aludida, al menos las judicialmente practicadas tienen las suficientes garantías, pues se tiene especial precaución por todos los funcionarios intervinientes en asegurar la regularidad de la prueba (semejanza en el aspecto, separación e incomunicación de los testigos si fueren varios, idoneidad del local, etc...) , más la presencia del abogado del detenido/sospechoso, tanto por el respeto a sus derechos como por el buen fin de la diligencia.
Claro que eso es la norma general según mi experiencia, y puede haber algún "caso raro"....saludos.
El forista anterior plantea un supuesto que, siendo realmente esotérico, es perfectamente posible que se dé en los tiempos que corren.
De ahí que la negativa que plantea, a la que me sumo, esté más que justificada.
Pero no es el único supuesto posible, ni mucho menos.
Pues debo estar un poco espeso porqué, o no acabo de entender la pregunta o será verdad que la realidad supera a la ficción.
¿Que un policía le para por la calle y le mete en una rueda de reconocimiento? ¿así, sin mas?
Y aunque fuera orden judicial ¿alguien ha visto alguna vez que un juez ordene que se salga a la calle a pescar individuos de ciertas características? ¿de verdad alguien ha visto eso?
Suponiendo, porqué lógicamente no he entendido la cuestión, la explicación mas racional que se me ocurre podría ser así:
1. Existe una denuncia por un delito y testigos del mismo.
2. La policía o la Autoridad Judicial tiene indicios racionalmente bastantes para creer en su participación en los hechos.
3. Se procede a su detención informándole de los motivos y de los derechos que en tal calidad le asisten.
4. (aquí viene mi suposición) A preguntas reiteradas del porqué de su detención, pues usted no acaba de entender los hechos, algún patoso acaba diciéndole que es únicamente para participar en una rueda y hacer bulto.
5. Tras la rueda y no siendo reconocido, se le pone de inmediato en libertad.
En definitiva, si no se trata de algo similar a lo expuesto no lo entiendo. Si realmente es como usted dice, en su caso yo también me negaría y caso de obligarme a participar me faltaría tiempo para pedir un habeas corpus.
Usted mismo, sr. Pato, da la respuesta: "... por orden de la autoridad judicial ..."
Y como buen conocedor de los entresijos que se dan en muchas actuaciones sabe perfectamente
en qué tipo de ruedas me negaría a participar.
Sr. DP, y si esa rueda de reconocimiento que se realiza en sede policial se hace por orden de la autoridad judicial y en su presencia y la del secretario del juzgado. ¿Sigue creyendo que no está obligado a colaborar en ese caso, de no haber causas de fuerza mayor que se lo impidan?.
Un saludo.
Yo, desde luego, con esas explicaciones me niego en redondo a participar. Si los policías consideran que cometo delito, falta o ilícito administrativo (todo es posible) que escriban lo que consideren oportuno y lo remitan a la autoridad judicial, que personalmente haré lo mismo.
La LOPJ, en su art. 17 establece que "Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar, en la forma que la Ley establezca, la colaboración requerida por los jueces y tribunales en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto, con las excepciones que establezcan la CE y las Leyes, y sin perjuicio del resarcimiento de los gastos y del abono de las remuneraciones debidas que procedan conforme a la Ley", lo cual, a mi modesto juicio, no incluye las posibles ruedas que se realicen en sede policial, y más en la forma en que se hacen.
No suelo poner grandes problemas a la hora de facilitar la labor a los agentes de la autoridad, pero siempre y cuando se den las mínimas explicaciones oportunas, el trato sea correcto y las molestías no sean gravosas ni excesivas, y siempre que la diligencia se adecúe a los principios de necesariedad, razonabilidad, proporcionalidad, etc. Si esto mismo no se cumple no consiento en participar en pantomimas o "encerronas"
Que cada uno crea lo que quiera. Es gratis.
Entonces volvemos a la pregunta inical, no queda clara la obligatoriedad de la asistencia y aunque asi fuera, la forma de captación de las personas distintas al sospechoso se ajusta a la ley?
Quizas podria solicitar, estar asistido de abogado, antes del inicio de la rueda.
Le tendrian que nombrar uno de oficio, para que le asesore de posibles implicaciones.
La explicacion que me dieron es bastante sencilla: "deme su carnet que tiene que asistir a una rueda de reconocimiento", para hacer bulto claro, y de ser cierta la obligatoriedad, me pregunto:¿ hay alguien que crea que vivimos en un estado policial? Porque yo si.
Pero, ¿en calidad de qué? de bulto? de imputado?
Se supone que le darán alguna explicación más que "venga usted aquí".
La LECRI, por otra parte, establece en su art. 369
que "La diligencia de reconocimiento (en rueda) se practicará poniendo a la vista del que hubiere de verificarlo la persona que haya de ser reconocida, haciéndola comparecer en unión con otras de circunstancias exteriores semejantes ..", de lo que debe deducirse que usted se parecía a los sospechosos, ¿no le dijeron nada?
Personalmente prefiero no aconsejar lo que yo haría porque pudiera incluso crearle problemas si no rebate bien una posible negativa, pero desde luego no pienso colaborar en una rueda de reconocimiento cuanto menos anómala, proteste o no el defensor que con seguridad estará presente.