Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Rueda de reconocimiento

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
01/05/2011 14:30
Pues claro que podíais ser imputados, si te reconocen como el autor de los hechos denunciados la causa se abriría para tú-
perfil Law
02/05/2011 15:26
La cuestion es desvirtuar los testigos de la otra parte como bien han dicho ya algunos.

Os comento un caso que tuve, fue parecido al que comentas, el caso es que hicimos que el denunciado se cambiara el color del pelo (a rubio) y se pusiera gafas. Los testigos (instruidos) aseguraron que el denunciado sentado alli era igual que el que vieron, rubio, con gafas. Demostrado que eso era mentira y que los testigos eran falsos no sólo ganamos sino que se inicio un procedimiento posterior contra esa gente. Es una técnica que para algunos puede resultar estúpida o de colegio, pero a veces sirve.
16/09/2011 11:36
Hola a todos, me gustaría que me aclarasen una duda que tengo sobre la rueda reconocimiento.
Para que te puedan imputar algo tiene que estar seguro la supuesta víctima que eres tú, es decir, reconocer al supuesto agresor "sin ningún género de dudas", si dice que el cuerpo es el mismo pero la cara no, y minutos más tarde dice que si que eres tu en un 90 por ciento, tendría validez.

Un saludo
16/09/2011 11:44
Hola a todos, me gustaría que me aclarasen una duda que tengo sobre la rueda reconocimiento.
¿Para que te puedan imputar algo tiene que estar seguro la supuesta víctima que eres tú, es decir, reconocer al supuesto agresor "sin ningún género de dudas"?, si dice que el cuerpo es el mismo pero la cara no, y minutos más tarde dice que si que eres tu en un 90 por ciento, tendría validez.

Si en la rueda de reconocimiento se puede probar perfectamente que faltaba una persona que era muy similar a mí "excepto la cara claro" y no fué a dicha rueda, ¿es motivo de impugnación?

En el caso de impugar la rueda ¿que plazo tendría?


Un saludo