Veras Karmen, mi marido se preocupa en la medida de lo que le deja la custodia o de lo que podemos averiguar nosotros, pero si nos metemos demasiado en la educacion de la niña (12 años) luego tenemos problemas con la custodia.
Yo ya he escrito varios post exponiendo varios problemas que tenemos con ella, hasta ahora solo era meterse e intentar tocar los co... de mi marido pero como no ha podido nada, ahora se dedica a mi (como si yo tubiera culpa de algo) ni te imaginas la de cosas que les mete en la cabeza a los niños( el mayor tiene 17 años) el cual le ha metido tantas tonterias en la cabeza q ue ya ni viene a casa cuando nos toca por regimen de visitas.
Te digo mi marido es camionero esta todo el dia en la carretera por eso decia que por su horario y tipo de trabajo es complicado poder personarse en el cole e incluso hablar por telefono, es mas con decirte que cuando nos paso el papelito con lo que habia que pagar de matricula y material escolar la custodia borro con boli el nombre de la directora y el telefono del cole, que si tenemos los datos del colegio y demas es porque yo me he encargado de averiguarlo, y como eso con todo, osea que imagina con quien lidiamos.
Yo tambien soy divorciada y mi ex no me pasa ni un eu por mi hijo, (se que no esta bien) pero no quiero problemas, y siempre me he buscado yo la vida sin ayuda del padre, por eso no entiendo la actitud de la ex de mi marido, pero por suerte no todas somos iguales
Exactamente pepa68, llevas toda la razón....
Como decirte que también hay padres que pasan de todo....mira, yo conozco a uno.... que no sabe ni cómo se llama el tutor de sus hijos....por no decirte más....
Si el colegio no os da información ir al juzgado....las cosas son lentas....pero al final...se obitienen, el colegio no es nadie para no dar información a un padre de su propio hijo!!!
y que facil es hablar cuando no se saben las circunstancias de cada persona, verdad?? karmen.
Ni vivimos en el mismo pueblo donde viven los hijos de mi marido, ni por el horario y trabajo de mi marido puede hacer tutorias con el profesor, como su ex tiene la guardia y custodia de los niños intentas hablar con el colegio y no siempre te quieren informar y mas si la custodia se entera porque ella ya se encargara de hacer su papelito para que al padre no le informen de nada, el dialogo con la custodia es "imposible", Karmen tu crees que si pudiera haber un minimo dialogo con la custodia estaria por aqui pidiendo consejo?
es que no es tan facil, karmen2, yo he leido comentarios de no custodios por aqui que en el colegio les han dicho que solo informan a la parte custodia y que se arreglen entre ellos.
Yo no entiendo una cosa. Yo soy madre y sé todo lo referente del colegio de mis hijos, notas, comedor, conducta, etc....
No entiendo como hay padres que si no tienen esa información a traves de la madre, se espabilan y van al colegio a hablar con ellos.
Haya buena relación o no, cómo es que un padre no puede hacer una tutoria con el profesor de su hijo????
Señores hay cosas que no entiendo.....lo siento, pero no lo entiendo....pero claro existe la comodidad..... pero qué fácil es criticar....
Pero es que el colegio creo que tiene que tener un seguro de responsabilidad civil para esos incidentes, hay que darse cuenta que tienen material valorado en miles de euros y un accidente le puede pasar a cualquiera.
Los seguros de hogar cubren los gastos de responsabilidad civil, por lo tanto se harán cargo de lo que ha roto el niño si no se dan más explicaciones. Otra cosa es que yo crea que el que deba hacerse cargo de esa rotura es el profesor, por ser él el que se tenía que estar ocupándose de los chavales y ser educación obligatoria ¿dónde estaba?. Pero claro, como te pongas a discutir con el profesor, suspenso para el crío; además lo hacen como un castigo para el alumno, que en realidad es un castigo para los padres. Por tanto, si es cosa de poco, lo mejor, dar parte al seguro y callar.
bien si lo pone en el convenio vale, pero vamos enteraros bien, si es de la comunidad que os mande copia del recibo de la comunidad, pero vamos que se acostumbre a pasar factura para los pagos no notitas con la hija.
Referente al parking en el convenio pone que cada uno tiene que pagar la mitad de las contribuciones y gastos de comunidad de propietarios, supongo que lo del parking debe ser referente a gastos de comunidad.
Lo de las gafas hace muchos años que las hace servir por lo tanto considero que es previsible porque cada año le aumenta la graduacion, pero tambien es cierto que por ignorancia cada año ha pagado la mitad mi marido, asi que supongo que ahora tambien esta obligado a pagarlo.
Y lo del cristal yo no lo tengo muy c laro, pero si no pagamos esa mitad que ella pide, ains abriremos la caja de pandora.
El hijo con 17 años ahora por que a su madre le da la gana y despues de 3 años sin ir al cole, resulta que va a estudiar para sacarse el graduado en ESO, aqui hay dos temas primero: no pidio consentimiento al padre para apuntarlo vale (500ue) en principio dice la custodia que lo paga ella (pero no me lo creo)
segundo: pudiendo apuntarlo en el mismo pueblo vale (30eur al mes) lo ha apuntado en otro pueblo a unos 15 km.
La verdad es que yo creo que el no custodio no ha de pagar mas que los ordinarios y los extraordinarios que sea de mutuo acuerdo o imprvisibles y necesarios. La rotura del cristal del colegio no creo que tenga que pagarlo es una negligenca del menor y responden padres, utores o guardadores, y en caso de que la custodia este atribuido a uno, es este el que ha de abonar. El parking no lo entiendo muy bien, y las gafas es una gasto ordinario, salvo que la menor no tuviera un problema optico en el momento de la separacion o divorcio, en cuyo caso es extraordinario (no estaba previsto ni era previsible cuando se fijaron las medidas). Opino
Si nos atenemos al artículo 1903 del Código Civil:
“Los padres son responsables de los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda.”
Entiendo que no cabría exigir responsabilidades a quien no la ejerce, esto es, el no custodio.
Por otra parte tampoco hay que olvidar otro párrafo del 1903:
“Las personas o entidades que sean titulares de un Centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del Centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias.”
De ahí, entre otras cuestiones, que exista un seguro de responsabilidad civil.
Coincido con Rakhsun en cuanto a como proceder. En caso de no poder llevar a cabo esto, también puede el padre redactar un escrito, firmarlo y usted, Pepa68, entregarlo en secretaria, original y copia a sellar, le contestarán por correo o se pondrán en contacto con el padre por otras vias, las indicadas en el escrito.
A menos, Pepa68, que venga claramente especificado en convenio que se ha de pagar el parking, entiendo que no ha lugar a reclamar por ese concepto. Aunque habría que conocer las circunstancias en concreto para responder con más certeza, no vaya a ser que sea algo similar a lo que ocurre con el IBI o los gastos de comunidad en cuyo caso serán los propietarios quien deban correr con el gasto independientemente de si usan la propiedad o no. No ocurriría así si tuviera el gasto la categoría de servicio, en cuyo caso lo pagaría quien lo usa, luz, agua, gas, teléfono, etc.
En el tema de gafas, estas, al no estar cubiertas por el seguro social, siendo gastos imprevisibles y necesarios, son gastos extraordinarios. Ahora bien, se puede matizar, si el uso de las mismas fuera anterior al convenio de separación, divorcio o similares, entiendo que no serían gastos extraordinarios pues sería un gasto previsible y los gastos previsibles quedan englobados en la prestación por alimentos. También habría que hablar mucho de la rotura de gafas cuando esta es frecuente pues puede mediar negligencia del custodio. Por ejemplo, a nuestro hijo la madre, custodia, le puso una televisión en su habitación, no soy partidario de ello, el crío se duerme con las gafas puestas, resultado, varias veces ha roto sus gafas por este ingenioso método, esto es una negligencia del custodio. Es necesario también recordar que los gastos extraordinarios están sujetos a la información y consentimiento del progenitor, salvo casos de fuerza mayor o emergencia o exista aprobación judicial.
También hay que tener en cuenta que la sentencia es lo que manda en primer lugar y a ella hay que estar.
A no ser que el convenio incluya el caso concreto como gasto extraordinario a pagar a mitades, mientras la parte custodia no comunique de forma fehaciente (no recados por los menores) que solicita el copago y Vd. lo acepte expresa o tácitamente no será obligatorio el copago, a no ser que al no haber acuerdo entre ambos llegue el asunto al juez y diga éste que lo paguen ambos.
y por que tiene que pagar el padre el parking? viene en sentencia que lo tiene que pagar?
Pues de papelito nada, decirle que no haga de correo a la niña, que le mande la factura por correo.
Si netsirena yo entiendo lo que dices a mi tambien me molestaria tener que adelantar el dinero, pero es que el problema es saber si es cierto, segun la niña (tiene 12 años) fue jugando con otro niño y sin querer rompieron el cristal lo tienen que pagar entre los dos.
Como decia antes siempre es lo mismo el dinero, ahora nos viene la niña con un papelito diciendo que hay que pagar 70 eu del parking del que disfruta la custodia, y unas gafas de la niña que segun la madre valen 100eu, yo siempre le digo a mi marido que le pida factura de todo mas que nada para comprobar que sea cierto, lo del parking ya lo averiguare yo y lo de las gafas no tengo muy claro si realmente tiene que pagar mi marido la mitad ya que no lo considero gasto extraordinario porque es previsible cada año hay que cambiarlas.
Bueno, he de decir que en principio di por supuesto que era el cristal de una ventana, lo cual suena violento, ha podido ser un cristal del laboratorio, de estos chiquitines, lo mismo no cuesta ni 3 euros jejeje, pero vamos, que el padre debe estar localizable para el centro y hacer saber que se le debe informar.
de acuerdo con rakhsun
ademas añado que sigo encontrando extraño que le obliguen a pagar el cristal cuando me suena que para estas cosas los colegios suelen tener un seguro de responsabilidad civil. Mejor lo que te dicen, que el padre se informe antes de soltar la pasta.
A todo esto, estamos hablando de la rotura de un cristal, a mi personal entender hay algo más que una factura de por medio, hay unos hechos de cierta violencia en los cuales la niña ha estado inolucrada y el padre debería conocer de primera mano vía tutoría, y si hay que perder 3 horas laborales se pierden.
Pepa, la mejor solución, y ya para prevenir en el futuro, que el padre vaya a hablar un día con el colegio, que deje su número de teléfono, dirección, todo, para que se le informe de cualquier cosa: notas, tutorías, incidentes....
Lo primero, que a media mañana, en un descanso laboral, el padre telefonee al centro, y aunque no pudieran, por mala suerte de no encontrarse en el momento la persona, aclararle el asunto, que deje nota informativa de que es relevante e importante saberlo. Seguro que lo llaman después para informarle.
Vio, tengo mis dudas, en esos términos quien lo tuviere al cargo sospecho que sería el profesor de turno.....si el hijo común mata a alguien la indemnización es a cargo de ambos progenitores según entiendo, ahora, lo que no es de recibo es que el colegio informe y de copia de factura a la madre pero no al padre, ya de por sí es injusto, y la mamá mete más el dedo en la llaga de la injuticia no mandando la factura al padre pero sí mandando de correo a la hija.
A la mamá el colegio se las busca para localizarla e informarla, ¿pero el papá tiene que andar jugando al ratón y al gato?.
Pues que llame por telefono y comente el tema a ver si le dicen algo, la verdad tienes razon netsirena2, es mejor opcion que cada uno haga el ingreso de su parte y punto.