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Rotulo publicitario

1 Comentarios
 
Rotulo publicitario
16/08/2004 09:40
Quisiera saber si está permitido instalar un rótulo publicitario en la terraza común de un edificio de Torrevieja y que quorum se requiere en caso de poder
16/08/2004 13:12
Bien, debo suponer que la instalación de este rótulo publicitario en la terraza, será a cambio de una contraprestación en régimen de alquiler de la que la comunidad saldrá beneficiada.
Si asi es, al respecto puedo trasladarte cuanto dice la Ley 49/1960 de la P.H. en su artículo 17 . 1
"...... El arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble, requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez,representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado , si lo hubiere."