No sé, por más que leo mis dos mensajes iniciales, no creo que puedan ser tan hirientes como para lo de "tranquilito" o "usted disculpe"......pero bueno, espero que no sea tan suspicaz con el lápiz rojo del redactor jefe o lo va a pasar fatal.
Si no es un infierno, es un digno purgatorio, por no decir un limbo.
Si me pongo de nick "novata" es por algo. Y de Derecho no sabré tanto como usted, pero de lo que sí sé es de hablar. Y cuando digo "Usted disculpe" ,es con toda la sorna, porque desde luego, no tengo por qué disculparme por mi ignorancia, y mucho menos si desde que entré en el foro la estoy reconociendo.
Ah, que "hasta me ha saludado y todo". Bueno, bueno, gracias por perdonarme la vida.
Aclaración: el agradecimiento, tb con sorna, por supuesto.
Disculpada, disculpada, que hasta he saludado y todo..........suponía que hablaba con un licenciado en derecho, aunque el tenor de la consulta parecía decir lo contrario.
Tranquilita, novata.
Más saludos.
anonimo, tranquilito, eh? Que aquí no todos tenemos por qué ser licenciados, y menos en Derecho. Algunos entramos para aprender, yo soy licenciada pero en Periodismo. Y no me he metido con quien usa tecnicismos, sólo he dicho que entiendo mejor a quien no los usa. Usted disculpe, eh?
Lo que, por supuesto, no obsta a que se pueda ser un magnífico abogado sin tener ni papa de latín...aunque éstos tampoco "se pierdan" pues llegaron a buena conclusión.
Nadie nace enseñado.
Saludos.
A veces los "tecnicismos" son los que dan luz a la situación....el derecho es, TAMBIEN, una "técnica" de aplicación de un "instrumento"....las normas.
Además, que a un licenciado no se le debería nublar la vista cuando lee contrectatio, insula in flumine nata, ius alienis rebus, etc etc.....
Por ese "técnico" camino, se llegó a la "Roma" de la tentativa.
A buen fin no hay mal principio.
Pues yo creo que te explicas de lujo, al menos a ti te entiendo, pq otros se pierden en tecnicismos, y se me nubla la vista jeje Bueno, aparte de que me he dirigido a ti pq fuiste tu quien hizo ese comentario, y pq todos los posts que he leido tuyos me han parecido muy acertados y respetuosos. Pero tb agradezco el consejo.
El robo es siempre delito, pues lo que realmente se está sancionando (a diferencia del hurto, en que la cuantía de los sustraído es relevante a efectos de calificarlo como delito o falta) son los medios empleados en la sustracción: violencia o intimidación en las personas o fuerza en las cosas. Ello independientemente de la cuantía del bien sustraído.
Otra cosa es que, dependiendo del bien robado, sea más viable aplicar, por ejemplo, "estado de necesidad", con más posibilidades de apreciarse cuando se trata de alimentos que si se trata de joyas.
Pero esto te lo podría haber dicho cualquiera de los foristas que hay por aquí ;-)
No es que me moleste contestar, de verdad,pero, haciendo esto, os limitais mucho, porque sólo contais con la respuesta de aquél a quien os dirigís.
Además de que hay gente por aquí que se explica mejor que yo...
Hola!
La tarde del domingo se me hace eterna y estoy leyendo conversaciones de hace 2568 años, espero que no os importe que plantee una pregunta a Ana Fernández sobre una conversación iniciada en marzo (por cierto, te llamas como mi madre, no serás tú, verdad?)
El 03/03/06 te preguntaba alguien si la pena es la misma si robas comida que si robas joyas... Mi pregunta es: si robas comida (a no ser que te dediques a mangar jamones a punta pala) sería falta, y si son joyas por más de 400 euros, sería delito, no? Como adelanto en mi nick, soy novata y no tengo claros algunos conceptos.
Gracias. Nunca pensé que se podría aprender tanto en un foro :D