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Robo o hurto

9 Comentarios
 
18/04/2011 17:31

Así es, Maximo, gracias por corregirme.

Muchas veces pensamos que es un hurto y no pasa nada, pero hay que tener cuidado con la cuantia porque podria ser un delito. eso es lo que queria decir.

un saludo
16/04/2011 14:35
Gracias por tu aportación máximo, que lastima que en ciertos momentos no sabemos la cuantia para declarar delito o hurto, pero bueno para eso estan las filiaciones y posteriori las gestiones con propietarios y reflejarlos en el atestado como autores, ya que no se sabe en algunos casos si es delito o falta. Saludos.
16/04/2011 11:59
Con el ejemplo anterior, mejor poner bicis en vez de motos, para no mezclar el hurto/robo de uso de vehículo a motor...
16/04/2011 11:56
Lo que pasa es que Azkorra dice que "En principio es hurto, coincido con lo dicho por Kapitan, aunque me gustaria añadir que HABRÍA QUE SABER de cuanto cobre estamos hablando y de cuanto valor"

Cuando realmente el valor no importa a la hora de diferenciar entre hurto y robo.

Para diferenciar entre hurto y robo cuando ahy candados, cerraduras, etc. de por medio, es el de las motos:
- Moto candada en la vía pública: hurto. (el candado no se corta para acceder a la moto)
- Moto en el interior de un trastero cerrado: robo. (la puerta se fuerza para acceder a la moto)

Por supuesto que también iría en concurso con una falta de daños por haber cortado el candado.
16/04/2011 11:42
Por supuesto Máximo, la cuantia referencia una falta o delito, pero esque hay controversias entre que no es solo para entrar o acceder al lugar sino tambien aplicandola sobre el objeto para sustraerlo y ya pues e realizado la consulta. Yo tenia entendido que el robo y es así es solo para entrar o acceder al lugar. Ya si no fuerzas nada para entrar y el objeto tienes que cortarlo aunque sea con una cizalla dado el gran grosos del cable es un hurto. Saludos.
16/04/2011 11:18
A ver Azkorra, ¿qué tiene que ver el valor para decir si es hurto o no?

Si el valor excede de 400€, será delito de hurto, en caso contrario se tipificará como falta de hurto, pero en todo caso hurto y no robo con fuerza en las cosas.
15/04/2011 20:31
Me inclino a pensar que se trata de un hurto, porque como dices es sustraccion, entendiendo que lo incorpora a su patrimonio para posteriormente venderlo o no, pero de todos modos resulta un beneficio para el que lo sustrae. No lo encajaría en daños, de entrada, ya que los daños, es causar un perjuicio economico al propietario del cable, y no existe desplazamiento patrimonial para el causante de los daños.
Y como han dicho anteiormente, depende de la cuantía delito o falta.
Saludos.
15/04/2011 20:11

En principio es hurto, coincido con lo dicho por Kapitan, aunque me gustaria añadir que habría que saber de cuanto cobre estamos hablando y de cuanto valor.

Me imagino que se trata de un trozo de cobre de poco valor, y así lo habra entendido tambien Kapitan, pero lo digo por si acaso.
15/04/2011 19:33
Hurto y posiblemente daños. Como tu mismo has dicho, la fuerza se ha de aplicar para acceder al botín, no sólo sobre el mismo.
Robo o hurto
15/04/2011 19:22
La sustracción de cable de cobre mediante corte por ejemplo una cizalla es robo o hurto. El robo con fuerza es sólo para entrar o acceder al lugar donde se encuentra la cosa o puede ser tambien para como se apodera la cosa sin tener ningún acceso que forzar a ella. En este caso usar una cizalla para poderlo apropiar. Saludos