Una cuestión es el robo de la libreta, de la cual el único responsable es el sujeto que la usó para obtener un lucro, y otra muy diversa es que él haya cometido un fraude aprovechando el engaño en que se encontraba la empleada de la caja de ahorros.
En el sentido que expongo, y toda vez que la víctima de la defraudación fue la Entidad, ya que su patrimonio fue el que tuvo un demérito, mismo que creo será descontado de los salarios de la consultante RR, es de concluirse que ella carece de responsabilidad alguna excepto la laboral y en relación con la Caja de Ahorros.
En efecto, el delito de robo fue instantáneo y sobre un documento cuyo valor intrínseco es el del papel y la tinta empleados en elaborarlo.
Así las cosas, y toda vez que la denuncia acaece con posterioridad al fraude y en la misma denuncia ya se establece que la cajera se abstuvo de identificar a quien llegó a cobrar usando una cartilla robada, saco a colación que todo el asunto es simplemente un teatro montado para perjudicar a la consultante.
Esta práctica la he observado en mi país y se desarrolla con la intervención de jefes o supervisores menores de las Entidades y tiene la finalidad de extorsionar a los empleados que inocentemente son sorprendidos, ¡claro que el agente activo del fraude siempre llega con los empleados novatos! ¡y siempre e´n fechas clave en que hay dinero circulando! como en diciembre que se pagan los bonos de fin de año, vacaciones y extras.
El paso siguiente en estos procesos de mi país, es que al empleado le exigen que pague una fuerte suma para "retirar los cargos" y evitarle que "vayya a parar a la cárcel", paso que ha llegado al extremo de acompañar al empleado hasta su casa para que entre él y la familia reúnan la cantidad que se le pide de chantage y complementan con el saqueo de los bienes muebles como joyas y artefactos eléctricos de fácil venta, "para completar" el monto de la cantidad exigida.
Afortunadamente para la consultante éste parece que no fuera el caso, o que por algún acontecimiento fortuito hasta el momento se ha salvado del chantage, pero ¡cuidado! que en mi experiencia profesional, actualmente estoy patrocinando tres casos similares en los que, además existe, denuncia penal por el delito del secuetro que sufrieron los empleados.
Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
El responsable civil de la apropiación indebida es la Entidad y tú no estás obligada a devolver el dinero jurídicamente hablando, otra cosa será las medidas que internamente puedan tomar contra tí la empresa como trabajadora por el despiste que has tenido. Sin embargo dichas medidas entiendo que no pueden llevar al despido q es la medida más grave y tendría que ser por otras causas. En cuanto al procedimiento penal no es disponible por las partes, esto es, no se termina porque el/los denunciante/s digan que han sido satisfechos en la responsabilidades civiles. El procedimiento seguirá adelante aun con renuncia de la acción civil, para depurar las responsabilidades penales. De cualquier manera tú únicamente puedes figurar en ese procedimiento como testigo y nunca como imputada. Tranquila y no te preocupes a mí eso no me pasa ya que no trabajo en una entidad bancaria. A los únicos q cogen los toros son a los toreros.
Una cosa estas segura que no le solicitaste la documentación, si por esa caja pasa mucha gente a diario, pudiera ser que si, no lo se. Tienes que estar seguro de eso para empezar, porque se puede dar el caso de que la cartilla estuviera robada, y la gente que saco el dinero hubiera falsificado la documentación del titular de la libreta, o incluso que también hubiera robado la documentación original y tuviera un parecido al titular de la misma, y entonces tu no eres policía para saber eso. Me imagino que la entidad tendrá cámaras a la entrada de la caja, igual por ahí ira la investigación del caso, y en cuestión con el dinero, no lo se si te lo pueden hacer pagar, es muy delicado, yo no lo veo muy claro, algún abogado que se le haya dado el caso te contestara mejor, espero haberte ayudado en algo.
Buenos dias,
trabajo desde hace dos meses en una caja de ahorros y estoy en periodo de prueba. El día 17Dic, un individuo acudió a sacar 600euros de una libreta, creyendo haberle solicitado su identificación como titular de la misma, se los di. Al día siguiente se me informa de que la libreta era robada y que el no era su titular. Ese mismo día, los verdaderos titulares denuncian a la policía el robo de la cartilla, diciendo en esa misma denuncia que yo no solicité identificación al sujeto. La caja de ahorros en que trabajo no dispone de ningún seguro que cubra este tipo de situaciones, por lo que se intentó pactar con los denunciantes: yo les devolví sus 600euros a cambio de que ellos retiraran la denuncia. Pero lo que han hecho es declarar a la policía que han recuperado sus cartillas y que la caja de ahorros les ha devuelto su dinero. Por lo que he podido saber, el caso ahora se halla ya en el juzgado de 1ª instancia.
Estoy bastante confundida con todo este tema, así que agradecería me pudieseis orientar un poco.
¿Quién es el verdadero responsable de esta situación, la caja de ahorros o yo?
¿Se puede considerar motivo de despido?(Supongo que sí).
¿En calidad de qué estoy implicada yo en el caso?¿Y qué consecuencias puede tener para mí?
Os agradecería vuestra ayuda porque estoy bastante preocupada.