Revocada parcialmente una sentencia que fue ejecutada provisionalmente ¿que sucede con las costas? ¿Que ocurre si no se he percibido cantidad alguna en ejecución provisional? ¿Se podrían percibir las costas de la ejecución provisional?
Que pensais ¿habría que solicitar ejecución definitiva sobre la cuantía confirmada parcialmente e interesar costas por dicha cantidad, o por la ejecutada provisionalmente y sensiblemente superior?
UFFF, gracias de antemano y espero haberme explicado