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¿revocacion orden de expulsión?

10 Comentarios
 
¿revocacion orden de expulsión?
15/06/2009 12:21
Hola, se trata de un ciudadano boliviano que recibió una orden de expulsión en 2007, la cual fue recurrida judicialmente. Se dictó sentencia confirmatoria de esa expulsión en 2008. Cumplirá los 3 años para el arraigo social el próximo mes de noviembre. ¿Qué puede hacer? porque seguro que le denegarán el arraigo por este motivo o incluso se lo inadmitirán a trámite. ¿Puede solicitar la revocación de la orden? y si es así...¿hay que esperar a que cumpla los 3 años y a que solicite el arraigo para hacerlo?
muchísimas gracias por adelantado
16/06/2009 20:29
Depende de la província donde viva, pero la práctica reciente, hace que cualquier persona que pueda acceder al arraigo, pueda solicitar la revocación de la orden de expulsión, en algunos casos, incluso, es la misma Oficina de Extranjeros, cuando presentas el arraigo, la que solicita de oficio esa revocación, que suelen sustituir por una multa (de 300€ aprox.) Esto pasa en Barcelona, por ejemplo. Aunque es importante que la orden de expulsión, se refiriera únicamente al hecho de ir por la calle sin papeles, nunca derivada de un ilícito penal, puesto que de lo contrario no la revocarían. Una vez presentado el arraigo, si se cumplen el resto de requisitos (oferta de trabajo completa y demás), se suele conceder la autorización de residencia y trabajo.
17/06/2009 09:00
Como comentas depende de cada provincia, en Zaragoza si tiene una orden de expulsión y no ha caducado no le dejan tramitar el arraigo.

Un saludo.
17/06/2009 10:02
Muchas gracias a ambos por las respuestas.Esta persona reside en Málaga, y por lo que sé la Oficina de Extranjeros de aquí no lo hace de oficio. Es más, tengo entendido que es "necesario" (o conveniente) acompañar a la solicitud de revocación la inadmisión a trámite de la solicitud de arraigo por el motivo de la existencia de la orden de expulsión...sí, la expulsión la dictaron por no tener papeles.
Tendrá que esperar a cumplir los 3 años, entonces. Pero mi duda es que le revoquen la expulsión existiendo esa sentencia judicial del 2008 que viene a confirmarla. ¿os habeis encontrado con algun caso similar? gracias de nuevo
18/06/2009 01:30
hola todos ,soy un ciudadano marroquí, recibí un orden de expulsion de 3 años en mayo 2006 por la administracion de navarra, los hechos eran solo carecer de permiso de residencia ,he solicitado la revocacion de dicha orden por segunda vez y no he recibido nada , quiero iniciar una demanda por selencio administrativo aunque se que no va servir de nada , lo unico que quiero decir que me enterado de que el plazo de prescribirse esa orden es de dos años ademas a sumar sobre los años de la sancion . en mi caso voy a estar 6 años ,al vosotros crees que el legislador que ha dicatdo esa ley es inteligente? y porque hay ley de regulizacion por arraigo que se puede solicitar despues de transcurrir 3 años de estancia irregular en españa , o sea cometimos el mismo delito anque se considere falta grave se convierte en delito al quitar la libertad a un individio que no puede buscarse la vida por vía legal ,quiero decir por arraigo al existir esa ley , hecha la trampa hecha la ley es refran que lo suma todo
26/07/2009 17:11
Precísamente voy a extranjería de Málaga en breve con una solicitud de arraigo con empadronamiento desde 2004, etc. (todo muy bien en regla) y la persona interesada tiene una notificación de incoación de expediente de expulsión en 2007 por estar en situación irregular, siendo que hacía un mes le habían denegado la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Entonces ¿si le deniegan el arraigo por la existencia de orden de expulsión, tengo que presentar una solicitud de revocación en el mismo acto, o se puede pagar una multa?. En definitiva, ¿qué se hace en ese caso?
26/07/2009 17:21
En Málaga hay que presentar una solcitud de revocación de la orden de expulsión ante la Subdelegación del Gobierno, acompañando a dicha solicitud la inadmisión a trámite de la solicitud de arraigo...es decir, que cuando salgas de la Oficina de extranjería con la inadmisión a trámite del arraigo debes dirigirte a la Subdelegación y presentar la solicitud de revocación junto con la copia de esa inadmisión...y a esperar...como dice francesc1971, depende de la provincia en la que estés. Algunas oficinas de extranjería facilitan más las cosas que otras, y no es el caso de la de Málaga...
un saludo
26/07/2009 20:27
hola mer1976 , sabes cuel son las provincias que facilitan mas esa revocacion?
27/07/2009 13:00
Gracias, mer1976. Soy nuevo en estos temas. Preguntarte solamente si existe algún modelo de revocación o si me lo facilitan en extranjería, o en todo caso, agradecerte si dispones de alguno que me sirva de base para confeccionarlo (mi email:lokorokero@hotmail.com). Te estoy muy agradecido. Un saludo.
07/08/2009 00:10
Tengo entendido que de todas formas se debe presentar la solicitud de cancelación de antecedentes policiales, y ahí si esperar.....respuesta para poder tramitar el arraigo, o basta con acompañar dicha solicitud sellada por el registro que la recibió? gracias anticipadas
07/08/2009 17:47
hola todos , solo queria decir que si alguien tiene a algun familiar en españa sin papeles , que busque alguien que le haga un impadronamiento pagando, , es asi esa vida hecha la ley hecha la trampa, conozco a muchos casos que lo hecieron y consiguieron regulizar su situacion , asi que no dejen que esperen mucho tiempo eso si tienen que aprender español, fui un gilipollas y no quiero que cometais el mismo error