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Revocación Orden de Expulsión

2 Comentarios
 
Revocación orden de expulsión
10/02/2009 18:03
Hola a tod@s:

Soy nuevo en este foro; ejerzo en Albacete, y no soy muy "letrado" en materia de extranjería, por lo que me atrevo a realizaros la siguiente consulta:

Hace unos días, un cliente recibió notificación de Inadmisión a Trámite de la solicitud de residencia temporal y trabajo inicial, presentada poco antes, respecto de un ciudadano georgiano. El motivo de la inadmisión es la existencia de una orden de expulsión por cuatro años, de septiembre de 2.006, decretada por la Subdelegación del Gobierno en Barcelona.

Actualmente, el ciudadano extranjero se encuentra en un pueblo de la provincia de Albacete, cuya Subdelegación del Gobierno es la que ha inadmitido la solicitud comentada. El documento más antiguo con el que cuenta es el de la notificación de la propia incoación del expediente de expulsión, en mayo de 2.006. Está tratando de averiguar si puede conseguir certificado de empadronamiento en Barcelona en ésa época.

Al ser complicada la posibilidad de acreditar 3 años de residencia, aún esperando a mayo, al objeto de intentar la regularización por arraigo, se me plantea la duda de qué posibilidades de éxito tendría intentar la revocación de la orden de expulsión, cambiándola por una multa, teniendo en cuenta todo el tiempo transcurrido. En caso de iniciar ésta vía, si por la Subdelegación del Gobierno no se revoca, qué posibilidades de éxito tendría un eventual recurso contencioso contra la denegación.

En cualquier caso, también se me planta la duda de ante qué órgano habría que iniciar la solicitud de revocación. Entiende que es ante la Subdelegación del Gobierno en Barcelona, que es quién la decretó, independientemente de su actual residencia.



En fin, a los expertos en la materia, os estaré muy agradecido si me proporcionais alguna luz sobre el caso.

Gracias, y saludos.

14/02/2009 00:31
Busca la jurisprudencia al respecto ya que hay revocación de la orden de expulsión y sustitución por la de multa de 300 €.
Lógicamente, los plazos ya se han agotado por lo que no podrías acudir por esta vía.
Solo veo la posibilidad de defectos en la notificación ya que la realizada por edictos no es válida si no se ha intentado por correo en dos o mas ocasiones en distintos dias y a distintas horas.
Habría que consultar previamente el expediente.
Saludos
16/02/2009 11:38
Muchas gracias por tu respuesta, arquero. Seguiré tu consejo y consultaré el expediente en busca de posibles defectos de tramitación. Un saludo.