Hola,
Voy a explicar la situación lo mas claro posible. En el año 2008 despidieron a mi padre de la empresa en la que trabajaba por un ERE con 54 años. A partir de febrero del 2008 estuvo cobrando el paro hasta el 2010. En abril del 2010 con 57 años ya cumplidos solicito el subsidio para mayores de 52 años y pidio un convenio especial con la seguridad social. Del subsidio cobra 426 euros y del convenio especial paga unos 600 euros mas 200 euros que le cotiza el subsidio, vayor que paga a la seguridad social un total de 800 euros aproximadamente.
En el mes de marzo le llego una notificación por la cual causaba baja cautelar por revocacion de acuerdo administrativo por cobrar mas del 75% del SMI. A dia de hoy la revocación se ha hecho efectiva y le piden devolver los 4000 y pico euros del subsidio que cobro hasta la fecha de la baja.
Ademas de solitad de nuevo el subsidio ya que mi padre no cobra mas del 75% SMI, entendemos que en la seguridad social se eliminarán los 200 euros de cotización por el subsidio pagando solo 600 euros en vez de 800 ¿hay forma de regular esto? ¿tambien nos va a reclamar la seguridad social ese dinero? ¿tenemos que ir nosotros a informales? Ademas las declaración de la renta ya está tramitada ¿Como podemos modificarla? esos 4000 y pico euros eran los unicos que cobró por rendimientos del trabajo y ahora habra que eliminarlo de la declaración.
Vamos a ver:
Solicita subsidio para mayores de 52 años, se lo conceden cobrando 426 euros.
Contrata convenio especial y paga 600 euros, naturalmente el que solicita un subsidio mayores de 52 años es porque no tiene rentas mayores del 75 % del SMI.
Los subsidios son para personas que se han quedado sin trabajo y no tienen rentas, tu padre de donde saca los 600 euros para pagarse un convenio especial, se supone que tiene rentas, por tanto hay que devolver los 4000 euros.
Como comenté en el primer mensaje le despidieron por un ere en el que le pagaron la indemnización. Como se le agota el paro y por supuesto con 57 años no le contrata nadie, se va a la seguridad social y contrata el convenio especial por el que en un principio tiene que pagar 800 euros (que los saca de la indemización por despido del ERE), si no hace esto despues de tener cotizados 40 años la pensión de jubilación le bajaría muchisimo ya que no se puede prejubilar hasta los 61 o 62 años.
Despues de esto solicita el subsidio para mayores de 52 años que le concenden porque NO COBRA NADA y esta pagando 800 euros mensuales, que salen de sus ahorros. Al pagarle el subsidio solo tiene que pagar 600 euros a la seguridad social por lo que al mes el salo en cuenta de mi padre es 426(del subsidio)-600(que paga a la SS)= -200 , creo que -200 euros al mes es menos del 75% del SMI. Como ves tiene un saldo negativo no cobra ninguna renta por otro lado lo saca de lo que le dieron de la indemnización por despido que cobró en el 2008.
No entiendo por qué dices que tiene que pagar los 4000 euros, creo que no has entendido bien el problema.
Los importes destinados por el trabajador al pago del convenio especial, siempre que sean a su cargo y no a cargo de la empresa, no son rentas. Incluso lo que se prevé es que el importe se descuente de las rentas a afectos de verificar que cumple el requisito para percibir un subsidio.
Creo que en su caso la clave no está en el convenio, sino en la indemnización que percibió por el despido. Es renta la que supere el máximo legal y puede que esa sea la causa de la revocación. Tendrá que comprobar si es así y si se ha descontado de esa renta el importe de pago del convenio especial.
Gracias, eso es lo que imaginaba yo. La indenizacion fue cobrada en el 2008 y la solicitud de subsudio fue hecha en 2010 por lo que esa renta no debería contemplarse como ingreso. Durante el 2009 que fue la declaración que se entregó para la solicitud mi padre estuvo cobrando alrededor de 900 euros del paro, esas fueron las rentas que aparecen en la declaración, pero en el momento de la solicitud ya no cobraba absolutamente nada y ademas pagaba el convenio de la seguridad social.¿Tenemos alguna forma de reclamar la sentencia de revocación?
Como ya he dicho y parece que algunos no leeis, en el año 2009 estuvo cobrando el paro aunos 900 euros mensuales, que imagino consideraran que serán las rentas que superan el 75% del SMI. Los 600 euros los saca de lo que le dieron de la indemnización por despido que si tiene que pagar durante los 5 años que le quedan hasta que pueda prejubilarse será un total de 36000 euros con lo que a la mierda dicha indemnizacion por despido con ERE. Bueno repito, en el momento de la solicitud del subsido ya no cobraba NADA por rendimiento del trabajo. Por rendimiento mobiliarios o inmobiliriarios cobró algo de los ahorrillos que tiene pero aun comtemplando dicha cantidad el subsidio que cobraba-los 600 euros del convienio no llega, ni en broma, al 75% del SMI.
Por favor, os pido que leais completamente el texto. Parece que algunos considerais afortunado a un obrero que lleva cotizados 40 años a la SS y que han echado a la calle con casi 55 años con una indemnización de (gracias a dios) lo justo para poder pagar el convenio especial con la seguridad social ya que con esa edad no tiene posibilidad de que le contraten en ningun lado. Ademas tiene que aguantar 5 años sin cobrar un duro de ningún lado y lo único a lo que podia acceder era al subsidio y despues de concederselo se lo reclaman todo de golpe. Que suerte la nuestra, estoy deseando dedicar 40 años a trabajar para que luego empresa en la que trabaje, la SS y el INEM me den por el c...
Jopapa, comprendo que es un momento dificil, pero la SS y el Inem aplican la normativa que les ponen en las manos, no son el enemigo ni tienen tan feas costumbres.
Al asunto: verifica en que fecha habeis recibido la resolución y si han transcurrido los 30 días de reclamación previa. Si no han pasado, adelante.
El convenio especial se puede regularizar si se extingue el subsidio de 52 años (pagando más, claro) En caso de que pierda la reclamación, pueden informarle en Tesorería.
Gracias Sancho, en cuanto llegue la resolución por escrito(lo he mirando por redtrabaja) le diré a mi padre que vaya al inem a reclamar y si no se puediese que vaya a la Tesorería a regularizar el convenio.
Lo que sigo sin entender es por qué supera el 75% del SMI, la situcion economica de mi padre no cambió desde que le concedieron el subsidio, y si se lo concedieron será porque verificaron que no tenia rentas superiores al 75%, como ya te digo a nosotros no nos salen las cuentas y por supuesto ellos no lo justifican.
Yo insisto por el mismo camino que te ha apuntado patatinpatatero: por el tema de exceso de "ingresos"
No te moleste pero si, por ejemplo cada mes "vende" participaciones de un fondo de inversion para obtener lso recursos necesarios para pagar los 600 euros a la SS y un poquito mas para al menos comprar el pan y la leche, esos "ingresos" se consideran como tales y supera de sobra el 75% del SMI
O el rescate mensual de un plan de pensiones, o la venta de activos financieros.
Mira esta sentencia:
http://www.graduados-sociales-tarragona.com/temis29/4258-02.pdf
y es ta web:
http://www.laboral-social.com/subsidio-desempleo-mayores-52-no-extingue-venta-inmueble-activo-financiero.html
no son del todo tu caso, pero te pueden servir de pista.
No quería ser descortés, comprendo la situación y el mal trago de tener que devolver un dinero que se creía percibido en base a derecho.
Si durante el cobro del subsidio hay algún mes que por alguna circunstancia se supera el límite de rentas, todo lo cobrado posteriormente se considera indebido. En el momento que se produce una circunstacia que suponga la suspensión del subsidio, es obligación comunicarlo. No se trata de "reajustar" los meses cobrados indebídamente y que el Sepe (inem) de oficio haga las pertinentes reanduaciones. En el momento que se produce la suspensión, si se ha seguido cobrando, está indebidamente percibido. Salvo mejor opinión.
Por lo tanto, fíjate bien (suele suceder) si ha habido algún rescate de dinero que algún dinero que estaba invertido durante la percepción del subsidio. Se considera todo tipo de ingresos: herencia, premios, rescate de fondos, ganancias patrimoniales, etc.