Buenas tardes compañer@s, al final llevaba razón Trampolino, el Juez ha decretado ingreso en prisión por el delito cometido en enero, desestimando suspender...
Menos mal que no es mucho tiempo.
La suspensión del mes de Julio por el segundo delito, sin embargo no se ha revocado, por ahora.
Gracias compañer@s, para mi son de gran ayuda vuestros consejos y opiniones.
Ya os informaré lo que el juzgado estime tanto con respecto a la primera condena, como con la segunda.
No estoy de acuerdo con la respuesta de Trampolino. Si la segunda sentencia es por hechos anteriores, no ha incumplido los requisitos impuestos en el auto de suspensión: no se cometerá delitos desde la fecha de la notificación del auto. Si son hechos anteriores, no condicionan la suspensión de julio. En cuanto al primer delito, de enero, perfectamente puedes pedir la suspensión nuevamente, al carecer de antecedentes penales en el momento de la comisión del hecho. Saludos.
No lo veo salvo que se alegara en su momento un delito continuado de robo pero al ser dos delitos ambos se consideran y el penado pierde el beneficio de la suspensión pues ha vuelto a delinquir. Es una pena baja y pronto pasará a tercer grado. Pronta reinserción.
Estimad@s compañer@s, preguntaros lo siguiente, tengo un cliente condenado en julio por robo cometido en junio, hubo juicio rápido con conformidad y se le impuso 6 meses de pena de prisión. Se suspendió la pena por dos años.
Ahora lo acaban de condenar a 8 meses de prisión, de nuevo por robo, cometido en enero . Le revocarán la suspensión de los 6 meses?
A efectos de la última condena a 8 meses, cabe solicitar la suspensión por no tener antecedentes en el momento de la comisión del delito?
Os agradezco de antemano vuestra ayuda.